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» El Protagonista Web
Fecha: 30/11/2025 18:53
Según fundamenta el Mensaje N° 47, varios artículos vigentes aún remiten a disposiciones que fueron vetadas —entre ellas las sanciones previstas en el Capítulo VI—, lo que provoca vacíos legales y contradicciones internas que impiden la aplicación efectiva de la ley. El proyecto propone derogar o reemplazar estas normas para garantizar coherencia jurídica. Defensoría del Pueblo, autoridad de aplicación en el sector público Uno de los cambios más relevantes es la incorporación de un esquema de doble autoridad de aplicación: Defensoría del Pueblo: para casos ocurridos en el empleo público provincial o municipal. Ministerio de Trabajo: para situaciones en el ámbito privado. El Ejecutivo sostiene que este cambio es necesario para evitar conflictos de intereses y preservar la imparcialidad en la investigación de denuncias dentro del propio Estado, a la vez que reconoce la experiencia histórica de la Defensoría en la materia. Nuevo Equipo de Abordaje Integral El proyecto crea un Equipo de Abordaje Integral de las Violencias, encargado de recibir, contener y acompañar los casos denunciados, ajustado a estándares del Convenio 190 de la OIT. También se redefine el procedimiento para denuncias en el empleo público, que pasarán a tramitarse exclusivamente en la Defensoría. Derogaciones y actualizaciones La propuesta elimina artículos que atribuían funciones inaplicables a la inspección laboral, deroga capítulos completos de la ley vigente y establece que cada autoridad de aplicación deberá dictar su propio Protocolo Integral de Actuación, con enfoque preventivo, perspectiva de género y derechos humanos. Hacia una normativa más clara y aplicable El Poder Ejecutivo afirma que las modificaciones “restablecen un marco claro y jurídicamente válido” para abordar la violencia y el acoso en el trabajo, y solicita a la Legislatura avanzar con su aprobación.
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