28/11/2025 05:32
28/11/2025 05:32
28/11/2025 05:31
28/11/2025 05:31
28/11/2025 05:31
28/11/2025 05:31
28/11/2025 05:30
28/11/2025 05:30
28/11/2025 05:29
28/11/2025 05:26
Rio Negro » Adn Rio Negro
Fecha: 28/11/2025 04:33
(ADN).- Docentes de Río Negro acuden cada vez más a la Justicia para evitar que el Ministerio de Educación les haga descuentos que comprometa sus ingresos. Mediante la presentación de medidas autosatisfactivas, los trabajadores van logrando poner tope a las quitas que, según indican los fallos, no podrán superar el 33% de sus remuneraciones netas. Los últimos dos fueron patrocinados por el abogado de la UnTER, Diego Broggini, pero hubo otros que se hicieron con abogados particulares. Los fallos del Fuero Laboral generan jurisprudencia y en el mundo laboral comienza a hablarse de «blindaje» en este contexto de crisis, donde las personas se endeudan para poder llegar a fin de mes con bancos, mutuales y financieras que aplican descuentos automáticos sobre los sueldos y, en muchos casos, llega al 90%. Hasta hace un tiempo, el recurso utilizado era el ampro, pero es más efectiva la medida autosatisfactiva. Un dato: antes de llegar al Poder Judicial, lo trabajadores deben agotar todas las instancias administrativas previas en Educación. En los últimos meses, docentes -hombres y mujeres- ganaron sus demandas. Desde la UnTER celebraron los dos últimos fallos que se produjeron en Roca. «Las sentencias de la Justicia Laboral, con las firmas de los camaristas María del Carmen Vicente, Daniela Perramón y Juan Huenumilla, marcan un precedente trascendental en la defensa del salario de los trabajadores de la educación como bien inembargable, y le ponen freno a las prácticas abusivas avaladas por el gobierno provincial», indicaron. El Tribunal fundamentó su decisión en normas protectorias del salario: el artículo 14 bis y el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, los tratados internacionales de Derechos Humanos con rango constitucional y el Convenio N° 95 de la OIT. Todos ellos establecen que el salario es inembargable y no puede destinarse al pago de deudas más allá de un límite razonable. Los fallos recordaron también que la Provincia de Río Negro cuenta con una norma en el mismo sentido: el Decreto 1485/18 establecía que los descuentos por devolución de préstamos no podían exceder el 50% del haber neto. «Sin embargo, por definición del Poder Ejecutivo, ese tope legal fue suspendido de manera provisoria por otro decreto en 2020. La suspensión se prolongó por más de cinco años sin cumplirse la condición que la originó, lo que el Tribunal consideró inadmisible», subrayaron desde el gremio. La Cámara ordenó al Ministerio de Educación y Derechos Humanos liquidar los haberes de los docentes aplicando como máximo un 33% de descuento sobre sus remuneraciones netas para destinar al pago de los préstamos, y prohibió continuar con la aplicación de otros códigos de descuento que vacíen el salario.
Ver noticia original