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  • Condenaron a dos hombres de Santa Elena que traficaban marihuana para comercializarla

    Paraná » 9digital

    Fecha: 26/11/2025 05:57

    El vocal del Tribunal Oral Federal, Jorge Sebastián Gallino, condenó este martes a dos hombres de Santa Elena acusados de traficar marihuana desde Paraná a Santa Elena para vender. Además, se probó que ambos imputados tenían intenciones de prosperar en el negocio del narcotráfico. El juez Federal Gallino dictó la sentencia condenatoria. Se trata de Cristian Piedrabuena y Maximiliano Gómez, quienes recibieron penas de cumplimiento efectivo, tal como pidió fiscal general, José Ignacio Candioti. Piedrabuena pasará cuatro años y 10 meses en la cárcel, mientras que Gómez estará cuatro años y seis meses, por el delito de transporte de estupefacientes en la modalidad de coautoría. La detención de ambos ocurrió el 4 de diciembre en un procedimiento de Gendarmería en Sauce Montrull. Durante el control vehicular de rutina, los imputados, oriundos de Santa Elena, mostraron nerviosismo y no pudieron justificar el viaje. Al solicitarles que mostraran una mochila que llevaban, se encontraron cinco kilos de marihuana en paquetes prensados. Si bien Piedrabuena, el conductor, intentó alegar que solo cumplía el rol de remisero y que desconocía el contenido ilícito que transportaba su acompañante, las pruebas digitales recolectadas fueron contundentes para refutar su versión y asegurar la condena por coautoría. El fiscal José Ignacio Candioti, dijo a Canal 9 Litoral que subrayó la fiscalía tuvo pruebas contundentes y que se logró establecer que ambos imputados tenían control sobre el cargamento. Respecto a la pena fiscalía había pedido cinco años de prisión efectiva y decomiso del vehículo y una multa de 900.000 pesos. En ese orden, el fiscal reflexionó que más allá de que estaba acreditado que los imputados iban a vender la droga en Santa Elena, le parecía importante que la justicia llegue a los distintos eslabones que intervienen en la cadena del narcotráfico y castigar más a los vendedores de droga que causa tanto daño en la salud de los jóvenes. En ese sentido, el fiscal declaró: “Nosotros consideramos de que más allá de que fuera o no remisero, lo importante era que tenía la disponibilidad de la sustancia, que tenía la droga consigo. La droga la llevaban dentro del vehículo ambos imputados, por eso nosotros decíamos que los dos tuvieron el dominio de los hechos y que correspondía la condena digamos para ambos.” Posteriormente, el fiscal General Adjunto, Juan Sebastián Podhainy, profundizó en el valor de la evidencia digital, que permitió demostrar el dolo de tráfico (la intención criminal) y no solo la materialidad del hecho. “Dijimos que también estaba acreditado no solo la materialidad del hecho sino el dolo de tráfico que exige la figura, o sea que ellos conocían perfectamente no solo el material ilícito que detentaban y transportaban consigo de un lugar a otro, sino que también sabían y querían el introducir la sustancia en el circuito justamente del tráfico de estupefacientes”, precisó. En ese orden, Podhainy sostuvo que “el análisis del celular de uno de ellos (Piedrabuena) así lo ameritaba. Fue clave este el análisis del celular que dio cuenta no solamente de que había intervenido en la diagramación de este transporte estupefaciente sino también tuvo una actividad desplegada en Santa Elena donde estas personas eran oriundas y que vendían cocaína y marihuana dentro de esa ciudad de manera conjunta con ganancias bastante interesantes”. Podhainy concluyó explicando que esta evidencia probó que el conductor no era ajeno al negocio, sino un autor directo, lo que justificó la pena de prisión efectiva: “A partir del hallazgo de todo ese material encontrado en el celular se pudo justamente vincular e involucrar en el transporte de estupefacientes. No correspondía ni una pena de ejecución condicional porque por ejemplo no eran partícipes secundarios sino que eran autores. Lo principal es que condenó a ambos, condenó por coautoría”.

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