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  • Fiscalía defendió la imparcialidad de los fiscales Yedro y Badano para continuar en la Causa Coimas

    Parana » APF

    Fecha: 25/11/2025 13:32

    Fue ante el pedido de recusación de la defensa de Carlos Haidar, ex director de Informática de la provincia durante la del ex gobernador Sergio Urribarri, contra los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano. Se cuestiona la supuesta pérdida de objetividad por la celebración de un juicio abreviado con otro ex funcionario investigado en la causa que trata de determinar responsabilidades en el cobro de coimas para favorecer a una empresa en licitación. Los hechos datan de enero de 2007. martes 25 de noviembre de 2025 | 12:28hs. Foto: APFDigital El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, integrado por Alejandro Grippo, Carolina Castagno y Rafael Cotorruelo, dará conocer en el plazo de ley su decisión respecto del pedido de recusación de los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano. Será ante la presentación que formuló la defensa de Carlos Haidar, que es asistido por Juan Méndez y Candelario Pérez, instando la recusación de ambos funcionarios para seguir en la causa conocida como Coimas, Relevamientos Catastrales o del Paraguayo, por supuesta pérdida de la falta de objetividad o imparcialidad. Los defensores sostienen que al haber participado Yedro y Badano en la celebración y firma del acuerdo de juicio abreviado con el co imputado, el ex ministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, que se homologó en el Juzgado de Garantías, ambos funcionarios perdieron el principio de objetividad e imparcialidad al sostener la acusación contra su asistido con la misma evidencia que se valoró para el caso Smaldone y pretender incorporarla al proceso. Los recusados se presentaron en la audiencia con el fiscal coordinador, Ignacio Aramberry. Los primeros ratificaron la respuesta que presentaron por escrito y respondieron a nuevos planteos. Así, defendieron que ya en tres jornadas anteriores y durante la remisión de la causa a juicio se explayaron sobre la evidencia que incorporarán en el juicio plenario y adelantaron el probable pedido de pena que instarán en aquella audiencia. El coordinador sostuvo que la defensa parte de un “yerro manifiesto” al pretender cargar sobre el Ministerio Público Fiscal (MPF) una responsabilidad que su función como organismo responsable de sostener la acusación no le exige, que es el de “ser objetivo”. Así, sostuvo que la defensa extrapola “sin más” el deber que comprende a los magistrados y se lo carga a los fiscales. También opinó que el pedido de apartamiento de los fiscales es “intempestivo por anticipado” porque sostiene que aquellos no podrían estar en el juicio plenario que se realizará con el resto de los imputados, entre los que se encuentran Urribarri y Diego Armando Cardona Herrero, presidente de la firma que se afirma fue beneficiada ilegítimamente, después de que los funcionarios sostuvieron la acusación durante un año en las numerosas audiencias de remisión de la causa a juicio, donde ratificaron su hipótesis y dejaron formulado, como lo exige la norma, el pedido de pena que oportunamente realizarán. Los hechos Al ex gobernador, Sergio Urribarri, se le atribuyó que en su calidad de ministro de Gobierno primero, y luego como gobernador de Entre Ríos, desde enero de 2007 aproximadamente, con el fin de generar un lucro ilícito para sí mismo y para Diego Armando Cardona Herreros, accionista y presidente de la firma Relevamientos Catastrales SA, con quien lo unían una estrecha relación de amistad, se interesó en favorecer a esta última propiciando su contratación a fin de desarrollar e implementar software para la Administración Pública Provincial de Entre Ríos”. Según la acusación, en el presunto hecho habría participado, como vínculos con Cardona Herreros, los funcionarios Haidar, director de Informática; Ulrich, director General de Ajustes y Liquidaciones; José Gervasio Laporte, secretario Legal y Técnico, fallecido; Luis Alfonso Erbes, subsecretario de Presupuesto y Finanzas de la Provincia; y Humberto Flores, secretario de Hacienda de la Provincia, y Smaldone, que estaba al frente de la cartera de Trabajo. Además, a Urribarri y Haidar se les endilgó una “adenda” consistente en “la falsificación de las fechas en los actos administrativos mencionados permitió que la prórroga de ocho meses, se compute a partir de diciembre de 2009, cuando en realidad la prórroga de la contratación se había comenzado a gestionar en enero 2010; logrando así la empresa y los funcionarios intervinientes, percibir ganancias por meses que no implicaron contraprestación alguna”. (APFDigital)

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