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  • Entre Ríos, Argentina

  • La Justicia ordenó restablecer las pensiones por discapacidad

    » Sin Mordaza

    Fecha: 20/11/2025 22:37

    El Juzgado Federal Nº2 de Catamarca hizo lugar a un amparo colectivo y dispuso que la Agencia Nacional de Discapacidad restablezca todas las pensiones no contributivas suspendidas sin acto administrativo previo. El juez sostuvo que estos beneficios forman parte del patrimonio de sus titulares y que sólo pueden ser interrumpidos mediante un procedimiento que respete el debido proceso y la defensa en juicio. La acción, impulsada por asociaciones de personas con discapacidad y el Defensor del Pueblo provincial, denunciaba que desde julio numerosos titulares descubrieron la baja de sus prestaciones al constatar la falta de pago o recibir notificaciones imprecisas, “redactadas en un lenguaje técnico que impidió ejercer adecuadamente el derecho de defensa”. El fallo consideró probada una suspensión masiva e injustificada bajo un mismo esquema operativo. En su respuesta, Andis sostuvo que actuó conforme a los decretos vigentes y que las auditorías médicas se notificaron correctamente. Sin embargo, el tribunal advirtió que el organismo “no acreditó la existencia de actos administrativos individuales que dispusieran las bajas”, configurando una vía de hecho administrativa que afectó prestaciones esenciales de un colectivo especialmente vulnerable. El juez también señaló que el reciente cambio normativo introducido por la Ley 27.793 volvió abstracto el planteo contra el decreto que había reinstalado criterios restrictivos. Finalmente, ordenó restablecer de inmediato todas las pensiones suspendidas sin acto válido, pagar los montos adeudados en 24 horas y considerar cumplida la obligación respecto de quienes ya habían cobrado por medidas cautelares previas.

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