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  • Buscan devolverle "razonabilidad" al período de prueba laboral rebajándolo a un mes

    Parana » Bicameral

    Fecha: 20/11/2025 07:27

    Un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la Nación propone rebajar el período de prueba de los contratos de trabajo a un mes. Actualmente, a partir de la sanción de la Ley Bases, ese lapso fue ampliado a seis meses, prorrogable por un año. La norma lleva la firma de la entrerriana justicialista Blanca Osuna. "El contrato de trabajo por tiempo indeterminado se entenderá celebrado a prueba durante el primer mes de vigencia. Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar", indicaría el artículo 92 bis de la Ley de Contrato de Trabajo en caso de que se apruebe la norma. De acuerdo a la iniciativa, durante el tiempo mencionado un empleador no podrá contratar a un mismo trabajador más de una vez utilizando el período de prueba. Establece además sanciones para aquellos que "abusen" de la facultad. En los fundamentos, los diputados firmantes -con el sindicalista de la CTA, Hugo Yasky, a la cabeza- resaltan que el actual período establecido "desnaturaliza" garantías constitucionales vinculadas al trabajo y constituye "una regresión en la tutela" del obrero, que choca contra el "principio de progresividad" consagrado en los tratados internacionales de derechos humanos. Por eso, señalan su norma devuelve "razonabilidad" al instituto. "Va de suyo que un empleador no necesita ni tres ni seis meses —y mucho menos un año— para conocer las aptitudes del trabajador incorporado. En la práctica, bastan unos pocos días de prestación efectiva para que el empleador pueda apreciar si la persona trabajadora reúne las condiciones necesarias y cumple con las expectativas de buen desempeño. En definitiva, este proyecto busca restablecer la coherencia constitucional del artículo 92 bis, asegurando que el período de prueba vuelva a ser una instancia excepcional y razonable, compatible con la protección contra el despido arbitrario prevista en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional", finalizaron los legisladores.

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