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  • El juicio al fiscal general, visto para sentencia: la defensa pasa al ataque contra la fiscal superior de Madrid y la acusación insiste en que él filtró

    » Diario Cordoba

    Fecha: 13/11/2025 17:14

    El juicio contra el fiscal general del Estado ha quedado este jueves visto para sentencia tras seis sesiones celebradas ante siete magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. A partir de ahora deberán deliberar la sentencia, y se espera que antes de que finalice 2025 se sabrá si Álvaro García Ortiz es condenado o no a prisión por revelar datos confidenciales que quebraron la presunción de inocencia de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid. Los diferentes testimonios que se han escuchado en la sala de vistas del Tribunal Supremo no han servido para variar ni un ápice los posicionamientos con los que partieron el pasado 3 de marzo las diferentes partes personadas. Quizá sí ha habido variación en la defensa, que durante la vista ha apuntado directamente a la Fiscalía Superior de Madrid, que ocupa Almudena Lastra, como origen de la filtración. Así, la acusación particular en representación del empresario, así como el Colegio de la Abogacía de Madrid y otras tres acusaciones populares creen que hay prueba suficiente que acredita que el fiscal general filtró a un periodista radiofónico y luego elaboró una nota de prensa que contenía el contenido de un correo electrónico que nunca debió difundirse. En esta comunicación, la defensa de González Amador reconocía dos delitos de cara a obtener una conformidad y evitar llegar a juicio por fraude. Piden entre tres y seis años de prisión. Por contra, tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado consideran que no existe tal prueba de cargo y defienden la actuación de la Fiscalía para desmentir un bulo que además no constituyó revelación alguna, pues los datos ya habían sido revelados por la prensa. "Voluntad de no investigar" El representante de los Servicios Jurídicos del Estado Iñaki Ocio, argumentó en su alegato final que "existió una voluntad de no investigar" todo el espectro de cientos de personas a las que pudo llegar la documentación sobre la causa de González Amador por parte del fiscal instructor, Ángel Hurtado. Se accedió a esta información por las diligencias socilitadas tanto por la Abogacía del Estado como por la Fiscalía, ha subrayado Ocio. El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz (i), junto a sus abogados Consuelo Castro yJosé Ignacio Ocio, este lunes en el inicio del juicio por la presunta filtración de información sobre la investigación por fraude a Hacienda de la pareja de Isabel Díaz Ayuso en el Tribunal Supremo. EFE/Mariscal POOL / Mariscal / EFE A su juicio, en muchas ocasiones el debate mediático en torno a este procedimiento ha desbordado lo jurídico porque ha creado "un entorno adverso para la presunción de inocencia del fiscal general del Estado", ha señalado, para continuar argumentando a favor de la nulidad de la orden de entrada en su despacho por desproporcionada. Es más, desde los Servicios Jurídicos del Estado se ha apuntado a otra posible fuente de la filtración. Ocio ha recordado que el periodista de la Cadena Ser Miguel Ángel Campos - que declaró como testigo en el juicio- dijo que su fuente era un hombre que tenía su despacho en la tercera planta. "¿Saben dónde está la fiscalía de la Comunidad de Madrid en una tercera planta de la calle General Castaños? Por ahí es de donde la Abogacía del Estado señala que procede al filtración", afirmó Iñaki Ocio. Ha añadido que la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, obtuvo el correo filtrado cinco minutos antes que el fiscal general. Por todo ello, la defensa del fiscal general ha concluido su informe señalando que "es inocente" y asegurando que "se ha criminalizado una dación de cuentas y una nota de prensa para salir al paso de informaciones que ponían en cuestión a la institución, a los fiscales y al fiscal general del Estado". Por su parte, Álvaro García Ortiz ha renunciado hacer uso del turno de última palabra y en ese momento el juicio ha quedado visto para sentencia. La postura de la Fiscalía La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, que ocupa un cargo que la coloca como sustituta natural del fiscal general en el caso de que éste se encuentre fuera de España, o que se encuentre enfermo, ha argumentado a favor de su libre absolución. A su juicio la actuación desarrollada a partir de la noche del 13 de marzo de 2024 era necesaria porque existía una información falsa que "debía ser atajada". "He sostenido y sostengo que la divulgación a la prensa jamás se produjo por medios electrónicos", ha defendido al término de su alegato, argumentando que, aunque no hubiera existido borrado de datos en los dispositivos de García Ortiz en dichas comunicaciones no estarían "jamás" las pruebas contra el fiscal general. "Su borrado, además de legítimo, no ha tenido trascendencia en la causa", ha añadido, para explicar que, en todo caso, la actuación de García Ortiz sería impune porque la noticia ya era conocida por los medios de comunicación cuando éste actuó y se elaboró la nota de prensa cuestionada en este procedimiento. Fue la única intervención de la sesión de la mañana favorable al fiscal general, ya que antes tuvo que escuchar las tesis acusatorias del resto de partes, en especial el duro alegato del abogado Gabriel Rodríguez Ramos, que ha cargado las tintas sobre la razón por la que el fiscal general como su jefa de prensa, Mar Hedo, y el periodista de la Cadena Ser Miguel Ángel Campos se han negado a facilitar a la investigación en el Tribunal Supremo las comunicaciones que tuvieron en la noche del 13 de marzo -momento en el que se produce presuntamente la filtración-, "o más sencillo, las que no tuvieran". El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a su salida del Tribunal Supremo, a 12 de noviembre de 2025, en Madrid (España). / Diego Radamés - Europa Press "¿Habría habido algún problema si las mismas no existieran? ¿Qué problema supondría para el secreto con las fuentes?", ha añadido, en referencia al periodista. "No hay ningún compromiso con su fuente salvo que fuera su fuente", ha apuntado. García Ortiz, por su parte, borró sus mensajes en sus dispositivos electrónicos. En cuanto a la nota de prensa, que ha juicio de esta parte bastaría para condenar a García Ortiz, el letrado ha subrayado que el problema era que incluía la información sobre un reconocimiento del delito por parte de la defensa del empresario, y ha señalado que añadir estos datos "no era necesario para neutralizar ningún bulo ni para saber de donde había salido o dejado de salir la propuesta de conformidad". A su juicio, lo que se lanzó fue "un relato institucional de confesión y culpabilidad firmado y en boca del ministerio fiscal", contra el empresario, un ciudadano sin trascendencia pública. Para el abogado, aunque no se llegue a la prueba directa contra el fiscal general, el punto segundo de la nota de prensa -donde se hablaba del reconocimiento de delitos- estaba decidido a las once de la noche anterior a la difusión del mensaje "y fue dictado a Mar Hedo por García Ortiz". Ello serviría ya para demostrar que se vulneró por la Fiscalía el deber de reserva y sigilo, según Rodríguez Ramos, que ha añadido que "los medios que utilizan los políticos no valen para el ministerio fiscal, pero es que además García Ortiz filtró el mail a la Cadena Ser", ha concluido. Ha defendido también la indemnización de 300.000 euros para compensar el "dolor" causado a su cliente. El resto de acusaciones (Colegio de la Abogacía, Foro Libertad y Alternativas y Manos Limpias) han incidido en estas ideas. Especialmente destacada ha sido la dureza del abogado Juan Antonio Frago, en representación de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales, que es la parte que pide la condena más alta para García Ortiz. Ha comparado el borrado de datos de sus dispositivos por parte del fiscal general con el caso del asesino de sus hijos José Bretón. "Los niños nunca aparecieron, pero el borrado de la prueba en este caso eran los niños", ha llegado a señalar, para añadir que otros casos de borrado de prueba son la desaparición de fardos de droga en Campo de Gibraltar o cuando "se tira la droga por el inodoro".

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