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» El Sur Diario
Fecha: 13/11/2025 08:52
El Obispado de San Nicolás de los Arroyos comunicó oficialmente la dimisión del estado clerical del presbítero Rodrigo Enrique Vázquez, medida que fue ordenada directamente por el Papa León XIV mediante un Rescripto fechado el 10 de octubre de 2025 en la Santa Sede. El documento, difundido el 10 de noviembre de 2025 y firmado por el Pbro. Gustavo Forastieri, canciller diocesano, aclara que la disposición papal constituye una decisión “suprema e inapelable” del Romano Pontífice, lo que implica que no puede presentarse recurso alguno dentro de la estructura eclesiástica. Según el texto, la medida fue adoptada “debido a la difusión pública que tomó el caso del Pbro. Rodrigo Enrique Vázquez en los medios de comunicación”, y obedece al deber de la diócesis de informar sobre la sanción definitiva impuesta por la Santa Sede. La decisión pontificia implica que el sacerdote queda formalmente dimitido del estado clerical, con la consecuente pérdida de todos los derechos y prerrogativas propios de su condición anterior. En términos canónicos, se trata de la secularización del clérigo, figura que marca su salida definitiva del ministerio sacerdotal y su retorno al estado laical. Efectos inmediatos y prohibiciones establecidas A partir de la fecha del Rescripto papal, el ex sacerdote Rodrigo Enrique Vázquez queda sujeto a un conjunto de disposiciones precisas, entre las cuales se destacan: 1. Dispensa del celibato y de las obligaciones derivadas de la ordenación. El Papa le concede la exención del sagrado celibato, junto con todas las responsabilidades inherentes a su condición sacerdotal. 2. Pérdida de los derechos propios del estado clerical. Al ser dimitido, Vázquez deja de gozar de los privilegios y funciones propios del clero y, al mismo tiempo, queda totalmente liberado de las obligaciones correspondientes. 3. Prohibición del ejercicio del orden sagrado. No podrá celebrar misa, predicar homilías ni desempeñar cargo alguno de conducción pastoral dentro de la Iglesia. 4. Imposibilidad de ocupar funciones en seminarios o instituciones eclesiásticas. El comunicado indica que no podrá ejercer ningún cargo docente ni administrativo en seminarios o centros de formación teológica, ni tampoco en instituciones de estudios superiores dependientes de la autoridad eclesiástica. 5. Restricciones en instituciones de educación superior no eclesiásticas. Incluso en universidades o institutos ajenos a la Iglesia, se le prohíbe impartir enseñanzas vinculadas con disciplinas teológicas o religiosas. 6. Limitaciones en la enseñanza de religión. En instituciones de estudios menores o colegios dependientes de la autoridad eclesiástica, no podrá desempeñarse como docente, director ni profesor de religión. Lo mismo rige para centros educativos similares fuera del ámbito eclesiástico. Estas disposiciones —detalla el comunicado— rigen de manera permanente, en virtud del carácter irrevocable de la medida dictada por el Santo Padre. Una decisión inapelable El Rescripto de S.S. León XIV representa una resolución excepcional dentro del Derecho Canónico, reservada para casos en los que el Papa decide intervenir directamente. Según lo establece el Obispado, esta medida es la más severa que puede aplicarse a un sacerdote y no admite apelación ni revisión posterior. La nota oficial subraya que la decisión papal fue adoptada conforme a los procedimientos canónicos vigentes y comunica formalmente la pérdida total del estado clerical, lo que implica que Vázquez deja de pertenecer al clero de la Iglesia Católica. Dimisión del estado clerical En la doctrina católica, la dimisión del estado clerical —también conocida como reducción al estado laical— supone la pérdida de todos los derechos y deberes derivados de la ordenación sacerdotal. A diferencia de la suspensión o sanción temporal, esta medida rompe definitivamente el vínculo jurídico y ministerial entre el sacerdote y la Iglesia, aunque no borra el carácter sacramental recibido en la ordenación. Por eso, el ex clérigo no puede volver a ejercer funciones sacerdotales bajo ningún concepto, salvo en casos extremos de peligro de muerte de otra persona y en ausencia de otro ministro. Además, la dispensa del celibato que acompaña a la secularización lo libera de las obligaciones propias de su antiguo estado, pero no de su responsabilidad moral como bautizado y miembro de la comunidad católica. Un proceso con antecedentes públicos Rodrigo Vázquez, que durante varios años fue párroco de la iglesia Santa Julia y representante legal del Colegio Santa Julia en Pergamino, había protagonizado diversos episodios que deterioraron su relación con la comunidad religiosa y con las autoridades diocesanas. El primer conflicto trascendió en 2023, cuando se viralizaron audios con declaraciones polémicas y ofensivas del sacerdote. En esas grabaciones, Vázquez se refería con términos despectivos al entonces arzobispo designado de Buenos Aires, Jorge García Cuerva, a quien calificó como “gay”, “peronista” y “amigo de las Abuelas”. Las expresiones generaron una fuerte condena social y política: el Honorable Concejo Deliberante de Pergamino lo declaró “persona no grata” y definió sus dichos como “discriminatorios y antidemocráticos”, en línea con las observaciones de organismos de derechos humanos. El episodio marcó un punto de inflexión en su trayectoria pastoral. Desde entonces, el sacerdote fue apartado de sus funciones públicas y su comportamiento quedó bajo análisis del Obispado de San Nicolás, que inició actuaciones canónicas reservadas. Una causa penal y un allanamiento El nombre de Vázquez volvió a ocupar titulares en 2025, cuando se conoció una causa penal en su contra iniciada por una mujer que lo denunció por acoso y hostigamiento. La investigación, radicada en la Fiscalía de Pergamino, derivó en un allanamiento ordenado por la justicia ordinaria en el domicilio del sacerdote. Durante el procedimiento, la policía secuestró armas de fuego y municiones, lo que provocó un fuerte impacto público y abrió interrogantes sobre el cumplimiento de las normas de conducta exigidas al clero. La existencia de armamento en manos de un sacerdote sancionado generó preocupación entre los fieles y las autoridades eclesiásticas, que aguardaban definiciones del Vaticano sobre su futuro. Si bien el Obispado no vinculó formalmente la medida papal con el expediente judicial, la decisión de León XIV coincidió con la etapa de mayor exposición mediática del caso y con una creciente presión social para que se adoptaran sanciones ejemplares.
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