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» Data Chaco
Fecha: 11/11/2025 16:01
A través del Decreto 787/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional eliminó el régimen que regulaba las cuotas y matrículas de los colegios privados, y habilitó a las instituciones educativas a fijar libremente sus precios y condiciones sin autorización previa del Estado. La nueva medida, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, deroga el Decreto 2417/1993, que durante más de tres décadas impuso controles sobre los aranceles escolares y obligaba a los colegios a informar anticipadamente los valores a las autoridades y a las familias. ¿Qué establecía la norma de 1993? El decreto de 1993 —dictado durante la presidencia de Carlos Menem— había fijado un sistema de control estatal y transparencia obligatoria en los precios que cobraban los establecimientos privados. En su artículo 1°, el texto disponía que los institutos comprendidos en el régimen de educación privada debían informar por escrito a los padres o responsables de los alumnos el monto de la matrícula, el número de cuotas anuales, el valor de cada una, las condiciones de reintegro y los recargos por mora. El artículo 2° ordenaba que esos datos fueran presentados ante la autoridad educativa competente antes del 30 de noviembre de cada año, y el artículo 5° establecía que, si no se alcanzaba la conformidad de la mayoría de los padres, los colegios debían mantener los valores del año anterior. A partir del ciclo lectivo 1995, los institutos debían incluso suscribir con las familias un "contrato de enseñanza" donde se consignaran los precios y condiciones del servicio educativo, conforme a lo exigido por la norma. La autoridad de aplicación era la Secretaría de Comercio e Inversiones del entonces Ministerio de Economía, que podía intervenir ante incumplimientos o reclamos vinculados a los aranceles. ¿Qué cambia a partir de ahora? A partir de la publicación del nuevo decreto, los colegios privados ya no deberán informar ni solicitar autorización previa para modificar sus cuotas o matrículas, ni establecerlas con antelación. El Decreto 787/2025 instruye al Ministerio de Capital Humano a revisar el Decreto 2542/91 —que regula el financiamiento de la educación privada— para adecuarlo "a las condiciones actuales del sistema educativo". "Chau a los saltos exorbitantes" El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, defendió la decisión al comparar el esquema anterior con "una suerte de ley de alquileres" que forzaba a los colegios a fijar aumentos anticipados para todo el año. "Con esta derogación se habilitan ajustes graduales y realistas, alineados con la evolución de la economía, sin saltos bruscos ni sobrecargos preventivos", sostuvo el funcionario en su cuenta de X, y aseguró que el cambio implica "decirle chau a los saltos exorbitantes" en las cuotas. Los argumentos de la desregulación El nuevo Decreto 787/2025 considera que aquel esquema "presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación de los institutos de enseñanza pública de gestión privada a las realidades educativas y económicas del país". El texto sostiene que la norma derogada "fue dictada en un contexto fáctico y normativo distinto al actual", ya que en 1993 la administración de la educación estaba bajo la órbita nacional y hoy depende de las provincias. El Gobierno argumenta que el control previo de precios "crea una situación de incertidumbre económica para los institutos, que suelen fijar cuotas más elevadas de lo necesario por temor a enfrentar costos que no puedan ser cubiertos sin aprobación estatal", lo que termina "perjudicando a las familias" al imponer aranceles iniciales más altos. También advierte que el régimen anterior "constriñe el derecho de propiedad de los establecimientos educativos", al impedirles definir libremente sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados. En esa línea, el Ejecutivo reivindica "el principio de libre contratación" y sostiene que los colegios deben poder "definir sus políticas de precios y compensaciones, en el marco de una competencia leal y en función de las demandas del mercado". Notas Relacionadas
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