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  • Reforma laboral: anticipan una ley con 92 artículos y mayor flexibilidad en la jornada

    » Sin Mordaza

    Fecha: 10/11/2025 15:57

    En una entrevista radial con un medio porteño, el abogado que representa a empresas, Julián De Diego, adelantó que la ley de Reforma Laboral dispondrá de 92 artículos. “Hemos hecho todo lo posible por generar desconfianza en el pasado. No hemos cumplido con nuestras obligaciones. Tenemos que establecer claras reglas de juego para que el inversor coloque sus riesgos en Argentina y tratar de contribuir desde la reforma laboral al crecimiento, que es la gran demanda que hay hoy en toda la comunidad, no solamente la comunidad laboral sino sobre todo la comunidad empresaria”, comenzó la entrevista. “Así que está la reforma, en lo que yo conozco por algunas consultas que estoy recibiendo, está a toda marcha. Va a tener alrededor de 90 artículos. Lo que he visto son borradores de 92 artículos exactamente”, detalló De Diego. El letrado sostuvo que las modificaciones van “desde el contrato hasta el derecho de huelga”, pasando por “el famoso salario dinámico” y “el régimen de jornada para facilitar el banco de horas”. “La batería de recursos que se está colocando hace que nuestra ley de contrato de trabajo, que tiene ya 50 años y está atrasada desde el punto de vista de la modernización, ahora tenga una bocanada de aire fresco que le permita al inversor contar con los recursos que se cuentan en los países centrales para que tenga contrataciones que sean fluidas, que no estén bombardeadas por obstáculos administrativos, que estén ligadas con las nuevas tecnologías, que es el gran motor de las reformas laborales en el mundo”, opinó. “El régimen nuestro de jornada no se modifica en su estructura, o sea que es 8 horas diarias, hasta 9 horas diarias, y 48 horas semanales en un sistema de promedio que además no es un sistema de promedio que se resuelva unilateralmente”, afirmó. Y agregó: “Es un sistema de promedio de jornada que se acuerda con el sindicato. Se puede trabajar hasta 12 horas por día, siempre y cuando no se viole el promedio de 48 horas semanales”. “Si yo trabajo en un shopping, que el flujo de público viene el viernes a la tarde, sábado y domingo, es probable que en un régimen de jornada promedio los horarios del sábado y del domingo sean de 12 horas y que el trabajador en dos días seguidos trabaje 24 horas. Ahora, lunes y martes va a tener cero hora o va a tener una jornada reducida, porque ese shopping, como tiene su flujo de público principal el fin de semana, el lunes y martes no va a tener ese mismo flujo”, argumentó. “Supongamos que por una necesidad operativa, en un régimen de banco de horas, un trabajador preste servicio 12 horas cuatro días seguidos, o sea, las 48 horas las tiene que cumplir en cuatro días seguidos de trabajo. Para mantener el promedio, va a tener que tener inmediatamente tres días de descanso completos.” “Ahora, el ciclo se mide generalmente por un plazo de tres semanas, o sea que se toman tres semanas en su totalidad. El trabajador puede trabajar 12, 8, 6, 4 o no trabajar, en función de los requerimientos, sobre todo de los requerimientos de los clientes, que son los que están marcando hoy las variabilidades que tiene el régimen de jornada.” “En el régimen que yo he visto de los borradores, requiere de un acuerdo de convenio colectivo, o sea, es trabajadores con la representación sindical y el empleador, que puede ser individual o puede ser un empleador colectivo.”

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