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Parana » Valor Local
Fecha: 06/11/2025 09:30
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) aprobó la Resolución 843/2025, que modifica la normativa sobre productos fitosanitarios “con el objetivo de hacer más ágiles, claros y eficientes los procesos de autorización, registro e importación de estos insumos”, indicaron desde el organismo. Publicidad La medida complementa la Resolución 458/25 e incorpora una “Guía de Procedimientos para la Gestión de Productos Fitosanitarios”, disponible en el sitio web del organismo, que permitirá brindar mayor transparencia y accesibilidad a los usuarios. Entre los principales cambios se destaca la posibilidad de que los establecimientos elaboradores y las empresas inicien sus actividades mediante la presentación de una Declaración Jurada, que actuará como autorización automática y quedará sujeta a fiscalización posterior del SENASA. Además, se aceptarán ensayos realizados en laboratorios nacionales o extranjeros que acrediten Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL), lo que agiliza los tiempos de evaluación. El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó la medida que “profundiza el cambio iniciado con la desregulación en el sector en línea con el pedido del presidente Javier Milei” y subrayó los puntos relevantes que introduce: “Se elimina la exigencia del director técnico en establecimientos. Se aceptan ensayos internacionales siempre que acrediten buenas prácticas, reduciendo costos y tiempos para registrar productos. Se admitirá ágilmente la importación de productos registrados y comercializados en los países de alta vigilancia, ahora ampliado con Suiza, Noruega y Liechtenstein”. La Resolución también actualiza el tratamiento de los productos de la “Línea Jardín”, que deberán inscribirse en el Registro Nacional de Productos Fitosanitarios, y establece un plazo de tres años para que las empresas adecuen sus etiquetas al Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA).
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