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» Diario Cordoba
Fecha: 04/11/2025 03:17
                            El fiscal general del Estado ha respondido con un escueto “no” a la pregunta del presidente del tribunal, Andrés Martínez-Arrieta, de si se considera "responsable" de los hechos por los que está acusado por los que se enfrenta a penas de hasta seis años de cárcel. De este modo, y tras la lectura de los hechos que se le imputan a García Ortiz por parte de la secretaria judicial, ha dado comienzo en el Tribunal Supremo el juicio que por primera vez en democracia sienta en el banquillo al jefe de los fiscales españoles, que sigue ostentando el cargo porque ni se ha apartado del cargo ni ha sido suspendido. Según el auto de apertura de juicio oral que dictó el magistrado instructor de la causa, Ángel Hurtado, García Ortiz, en su condición de fiscal general del Estado García Ortiz protagonizó presuntamente "una actuación coordinada e impulsada personalmente" para revelar datos de Alberto González Amador, el empresario que es pareja de la presidenta Isabel Díaz Ayuso y que trataba de llegar a un acuerdo con la Fiscalía de Madrid para evitar llegar a juicio por fraude a Hacienda. Esta es la tesis acusatoria con la que concluyó la investigación que se inició hace ahora aproximadamente un año. ¿Nulidad de la causa? La ex abogada general del Estado, Consuelo Castro, en defensa del fiscal general, ha argumentado como cuestiones previas la nulidad de actuaciones y vulneración de derechos fundamentales de García Ortiz durante la instrucción. Aporta además nuevas prueba documental, entre ellas mensajes en la red X del jefe de Gabinete de Díaz Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez. En su opinión, la nulidad de actuaciones obedece a que el 30 de octubre de 2024 el instructor dictó tres autos, entre ellos el del registro, y este último lo considera nulo por su falta de motivación, porque se limitaba a decir que resulta necesario decretar el secreto, sin realizar un juicio de ponderación. Fue “excesivo y desproporcionado”, ha dicho Castro. Además, el instructor ordenó la intervención de todas las comunicaciones desde el 8 de marzo al 30 de octubre de 2024 y, aunque luego lo limitó, pero ello “no subsana el vicio inicial” a juicio de la defensa que también considera que se vulneró la intimidad del fiscal general. En este sentido, ha añadido que "el instructor dio vio libre para copiar toda la información de todos sus dispositivos o en cualquier repositorio sin aplicar ningún filtro para que el equipo policial copiara materiales privados”, y de hecho datos como sus números de teléfono o domicilio fueron filtrados. En cuanto al resto de la instrucción, a juicio de este parte. García Ortiz "ha sido sometido a un proceso injusto en su conjunto", con la "idea preconcebida de que era culpable". Por otra parte, Castro ha apuntado sólo el "prejuicio" del juez Hurtado de que el fiscal había sido partícipe puede explicar que en su auto de procesamiento incluyera que García Ortiz actuó por órdenes de Presidencia del Gobierno, sin que se hubiera realizado ninguna diligencia al respecto. También alude vulneración de igualdad de armas, pues se practicaron más diligencias de cargo que de descargo, y la mayor parte de las solicitadas por la defensa fueron rechazadas por Hurtado. La sala de vistas se ha ordenado en el sentido contrario al habitual. La acusación que ejerce el abogado del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, y las acusaciones populares ocupan los estrados situados a la izquierda del tribunal, mientras que la teniente fiscal, Ángeles Sánchez Conde, y los abogados defensores de García Ortiz, entre los que se encuentra la exabogada general del Estado, Consuelo Castro, están a su derecha. El fiscal general se sienta a su lado con toga. La Fiscalía defiende a García Ortiz La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, ha tomado la palabra para apoyar los argumentos de la Abogacía del Estado. Ha recordado además que no solo se registró el despacho del fiscal general, sino también el de la jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, quien finalmente no fue procesada. Allí, la Guardia Civil se incautó de su teléfono móvil, cuyo volcado sustentó el informe de la UCO que sustenta la acusación, una diligencia que según la Fiscalía también deberían ser objeto de nulidad. La teniente fiscal del Supremo, en coincidencia con los argumentos de la defensa, también ha señalado durante el trámite de cuestiones previas que el registro al despacho del fiscal general por la Guardia Civil se llevó a cabo "como si se tratara de perseguir delitos tan graves como los terroristas", cuando únicamente se buscaba un correo electrónico entre un abogado y un fiscal. La Fiscalía también apunta que la sala de enjuiciamiento está integrada por los mismos jueces que formaron parte de la sala de admisión de la querella Manuel Marchena, Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo, Carmen Lamela y Susana Polo. Los dos únicos magistrados que integran la Sala y que no han intervenido en ningún asunto relacionado con esta causa es el presidente, Andrés Martínez Arrieta y Ana Ferrer. Por su parte la defensa de González Amador, que ejerce el abogado Gabriel Rodríguez Ramos, ha impugnado todos los motivos de nulidad argumentados por Abogacía del Estado y la Fiscalía. Ha recordado que ninguna de estas partes ha mencionado que el fiscal general borró el contenido de sus dispositivos electrónicos y que la proporcionalidad de las órdenes del juez para los registros fueron avaladas por la sala de apelaciones del alto tribunal. "Mucha queja abstracta, general, y concretas ninguna". En el mismo sentido, para impugnar los argumentos de nulidad han intervenido también el letrado Ignacio de Luis por parte del Colegio de la Abogacía de Madrid, Fernando García Capelo por Foro Libertad y Alternativas, Víctor Soriano, de Manos Limpias, que ejercen la acusación popular y Juan Antonio Frago por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales. Todas las cuestiones planteadas serán resueltas en sentencia dada la "complejidad" de los argumentos planteados y su vinculación con la prueba, ha señalado el presidente Martínez Arrieta. Origen de la causa El origen de toda esta causa, que algunos califican de histórica, se originó en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde acudió González Amador en marzo de 2024 tras conocer que datos confidenciales de las comunicaciones entre su abogado, Carlos Neira, y el fiscal al que había correspondido su caso por fraude habían sido utilizados en una nota de prensa de la Fiscalía de Madrid. Apuntaba también al fiscal general por un delito de revelación de secretos como responsable último de la filtración del e-mail completo a determinados medios de comunicación. El asunto acabó escalando al Tribunal Supremo por la condición de aforado de García Ortiz. La defensa, que ejerce la Abogacía del Estado, mantiene otro relato bien diferente: los datos revelados no vulneraron ningún secreto, puesto que ya habían sido difundidos en la prensa antes de la nota de prensa, y además la publicación de este documento obedecía a un objetivo lícito, como era combatir un bulo que tenía su origen en el propio responsable del Gabinete de Díaz Ayuso. Miguel Ángel Rodríguez, actuando como "aparato institucional de la Comunidad de Madrid", habría difundido que la propuesta de pacto partía de la propia Fiscalía y después se había retirado "por órdenes de arriba", con el fin de presentar a González Amador como "víctima" del Gobierno, según reza el escrito de defensa del fiscal general.
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