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» Diario Cordoba
Fecha: 31/10/2025 13:16
 
                            El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto al padre y ha rebajado la condena de la madre en el caso de la bebé maltratada en Fernán Núñez. Ambos progenitores fueron condenados inicialmente por la Audiencia Provincial de Córdoba a 14 años de prisión cada uno, acusados de maltrato habitual y homicidio en grado de tentativa. El TSJA ha estimado en su totalidad el recurso presentado por la defensa del padre y de forma parcial el de la madre, dictando la absolución completa del primero y reduciendo a cuatro años de prisión la condena de la madre, al considerar que los hechos no constituyen un intento de homicidio, sino un delito de lesiones agravadas. Antecedentes Según refleja el escrito la pareja tuvo una niña prematura en diciembre de 2022. A consecuencia de esto, la pequeña presentaba "un llanto constante" que dificultaba el sueño y el alimento. Los causados, de común acuerdo y "siendo conscientes de la indefensión de su hija", le tiraron con fuerza de las extremidades y le "apretaron y golpearon de forma reiterada y en diversas partes de su cuerpo". También, y "asumiendo que con tales hechos podrían provocar su muerte", prosigue el texto, le propinaron varios golpes en la cabeza. Todo ello ocurrió en el primer mes que el bebé pasó en casa. Vista aérea del municipio de Fernán Núñez. / CÓRDOBA Estos hechos le causaron hinchazones y heridas que le impedían abrir bien los ojos, por lo que su abuela paterna decidió llevarla al hospital Reina Sofía de Córdoba, donde tuvo que ser ingresada, ya que presentaba fracturas, hematomas y heridas en el cuerpo. La pequeña también sufrió una parada cardiorrespiratoria y tuvieron que practicarle una cirugía. Ante esta situación, la menor fue declarada en situación de desamparo provisional. Además, los padres entraron en prisión provisional en marzo de 2023 y fueron condenados a catorce años de prisión cada uno por un delito de maltrato habitual y homicidio en grado de tentativa. Sentencia del TSJA La resolución, a la que ha tenido acceso este periódico, incluye además una orden de alejamiento de siete años de la madre respecto a la menor. Sin embargo, el TSJA considera que no existió intención de acabar con la vida de la niña, por lo que absuelve al padre, si bien mantiene la responsabilidad penal de la madre por las lesiones sufridas por la pequeña. Entrada al edificio de Consultas Externas del hospital Reina Sofía, donde la bebé estuvo ingresada. / A. J. GONZÁLEZ El TSJA determina, además, que el padre no convivía con la menor debido a una orden de alejamiento respecto a la madre, motivo por el cual el tribunal decide absolverlo, recalcando que no se ha probado su conocimiento sobre posibles malos tratos ni su implicación en los mismos, como así apuntaba la setencia de la Audiencia Provincial. Los magistrados subrayan además que las lesiones presentaban diferentes grados de evolución, lo que descartaría que se produjeran durante los encuentros que el padre mantenía con la bebé en un parque, bajo la supervisión de la madre. Además, rebaja la condena a la madre, representada por el abogado Carlos Fernández-Matos, que pasa de catorce a cuatro años de prisión a cuatro por un delito de lesiones agravadas con agravante de parentesco. Sin embargo, sí da como probado que fuera la madre quien agrediera a la bebé. De esta manera, el TSJA descarta el delito de homicidio en grado de tentativa al entender que no hubo voluntad de causar la muerte de la menor, aunque sí aprecia una conducta lesiva grave. El tribunal tiene en cuenta que la madre llevó a la bebé a varias revisiones médicas y vacunaciones.
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