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  • Cómo justificar tu ausencia si no fuiste a votar este domingo

    » AgenciaFe

    Fecha: 27/10/2025 23:07

    Este domingo 26 de octubre la ciudadanía argentina se hizo presente en los centros de votación a lo largo de todo el país. Sin embargo, el ausentismo se destacó en estas elecciones legislativas, ya que tan solo hubo un 67,91% de participación a nivel nacional, la más baja desde el regreso de la democracia en 1983. Los argentinos que no hayan concurrido a esta jornada electoral, donde se renovaban tanto diputados como senadores en el Congreso de la Nación, serán sometidos a multas o penalizaciones en caso de no justificar su ausencia. La Dirección Nacional Electoral (DINE) dispuso cuáles serán las sanciones y cómo hacer para demostrar la causa por la que no fueron a votar para evitar dicho castigo. A continuación, los detalles para los implicados: Las multas por no ir a votar La multa por no ir a votar en las elecciones se encuentra entre $50 y $500, según lo establecido en el Artículo 125 del Código Electoral Nacional. Estos son los valores: Primera infracción: $50. Segunda infracción: $100. Tercera infracción: $200. Cuarta infracción: $400. Quinta o más infracciones: $500. Esta sanción económica se aplica a los electores mayores de 18 y menores de 70 años que no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección. De no justificar su ausencia, los ciudadanos que no vayan a votar figuran en Registro de Infractores al Deber de Votar. La multa por no votar puede abonarse directamente en la web del CNE con cualquier medio de pago digital, o bien de forma presencial en alguna de las sedes del Banco de la Nación Argentina (BNA) en efectivo, con Mercado Pago o con transferencia bancaria. Quiénes no reciben multas por no votar Hay ciertos ciudadanos que no recibirán sanciones por no acudir a las urnas. Ellos son: - Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial; - Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia - Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares - El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación. Cómo justificar si no fuiste a votar: paso a paso Para aquellos ciudadanos que no asistieron a las urnas, pueden presentar una justificación dentro de los 60 días posteriores a los comicios de este domingo 26 de octubre. Los pasos a seguir:

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