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» AgenciaFe
Fecha: 26/10/2025 18:13
Este lunes comienza un juicio oral y público sin precedentes en la Justicia de Santa Fe: Francisco Sánchez se sentará en el banquillo de los acusados como protagonista de un accidente fatal en la Ruta Nacional 168 , a la salida de una fiesta de Navidad en 2020. El caso cuenta con la particularidad que la acusación es sostenida por el abogado querellante Juan José Patiño, ya que la Fiscalía archivó las actuaciones sin siquiera imputar al conductor. El debate será presidido por el juez Lisandro Aguirre que deberá resolver varias incidencias, tanto como planteos previos de los defensores, como la cuestión propia del juicio. Sánchez es representado por los abogados defensores particulares Martín Montegrosso y Guillermo Morales, quienes sostuvieron durante todo el proceso penal que la causa no podría llegar a juicio sin impulso fiscal. Agenda de un juicio inédito El inicio del debate fue fijado para este lunes 27 de octubre a las 8:30 en la sala 1 de tribunales, con los alegatos de apertura de las partes. Sin embargo, como cuestión previa, los defensores de Sanchez insistirán con la nulidad de la acusación. (ver Planteos de nulidad) Se espera que durante dos días unos 22 testigos se presenten ante los estrados para brindar declaración. La ronda de testimonios comenzará el mismo 27 tras los alegatos de apertura, y continuará el 28 de octubre, siempre a partir de las 8:30. Los alegatos de clausura fueron fijados para el 29 de octubre y el veredicto se espera que se de a conocer el viernes 31, sin embargo, estas fechas pueden verse modificadas según la duración de la etapa de producción de prueba. Planteos de nulidad Los defensores del conductor alegaron en varias instancias del proceso con que un abogado querellante no puede sustituir o suplantar en una causa penal la figura del fiscal, que es quien tiene la responsabilidad de defender la legalidad del proceso y los intereses de la sociedad, "funciones que son indelegables" según la Constitución Nacional. La principal crítica de Morales y Montegrosso pasa por la “reconversión de la acción”, es decir, que el querellante pueda continuar como único acusador, sin intervención fiscal: “quien se considere víctima de un delito, podrá actuar en solitario durante el proceso, esto es, impulsar el procedimiento sin la intervención del Fiscal llegando con su sola acusación a fundar la sentencia. Esta posibilidad se encuentra en grave tensión con la Constitución Nacional, puesto que si bien esta consagra los derechos y garantías de la víctima para actuar en el proceso (...), otra cosa distinta es que ésta pueda actuar en solitario, subrogándose en las potestades que son de resorte exclusivo del fiscal”, sostienen. En esta misma línea, en varias instancias también han reclamado la absolución de culpa y cargo del imputado por entender que la responsabilidad del impacto fue del joven al poner su vida en riesgo por caminar en un lugar prohibido, en consonancia con lo que entendió en su momento la fiscal Carolina Parodi al disponer el archivo de la causa. Tras el archivo fiscal, la acusación fue presentada por el abogado querellante y se realizó audiencia preliminar, sin haberse concretado audiencia imputativa, lo que también es cuestionado por los defensores de Sanchez. Estos planteos ya fueron analizados y rechazados por un juez de primera instancia, por la Cámara de Apelaciones y hasta por la Corte Suprema de Justicia. Ahora, los defensores lo presentarán nuevamente ante el juez del juicio como cuestión previa al debate. ¿Homicidio culposo o autopuesta en peligro? Una vez superada la incidencia previa, las partes presentarán sus pretensiones: para el abogado querellante, Sánchez, provocó la muerte de Nia como consecuencia de “su accionar imprudente, negligente, imperito, y con inobservancia de las reglas de tránsito, faltando al deber de cuidado en la conducción del vehículo automotor”. El accidente fatal ocurrió el 25 de diciembre de 2020, minutos antes de las seis de la mañana: “Después de ser deshabilitadas por la policía provincia, distintas fiestas en zona de Colastiné Sur, donde se encuentra el Club de Caza y Pesca de Santa Fe, una multitud de jóvenes que habían asistido a las mismas, ya sea en autos y camionetas particulares u otros que asistieron mediante medios de transportes de alquiler, emprenden regreso hacia la ciudad de Santa Fe, ocupando las banquinas los peatones y los vehículos desplazándose por la autovía”, detalla la acusación querellante. En la acusación, el querellante remarca que “la conducta previa -al impacto-, la de infringir el deber de cuidado y previsión, plasmado en la reglamentación de Tránsito Nacional Ley N 24.449, nos demuestran el accionar culposo imprudente con el que obró Sánchez y haber ocasionado con ese accionar un resultado dañoso para la vida de Luciano Nicola”. Además, Sánchez huyó del lugar, dejó abandonado al joven malherido y evadió así el accionar de la justicia. Se presentó en la Sub Comisaría 4ta. por Jurisdicción varias horas después del siniestro. Patiño acusó a Sánchez como autor de "Homicidio Culposo en accidente de tránsito, por conducción imprudente, negligente, temeraria, agravado por darse a la fuga o no intentar socorrer a la víctima" y solicitó la imposición de una pena de seis años de prisión e inhabilitación para conducir, más las costas del proceso. En cambio, para los defensores, fue el propio Luciano que puso en riesgo su vida al caminar por la ruta; en una de las audiencias del proceso, Montegrosso remarcó que “fue un accionar suicida de las tres personas, no sólo de Nicola”, ya que Luciano iba acompañado por dos amigos más. En este sentido, las pericias precisaron que Sánchez conducía dentro de los límites de velocidad permitidas, entre 90 y 100 kilómetros por hora, por lo que, según la defensa, la responsabilidad del accidente no puede caer sobre el conductor. Así lo entendió la Fiscalía cuando dispuso el archivo de la causa: “La víctima se puso en peligro de manera voluntaria y eso no se le puede imputar a Sánchez, si Nicola no iba caminando por la ruta esto no pasaba”, insistió Montegrosso.
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