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» Rafaela Noticias
Fecha: 23/10/2025 18:27
Crimen de Moises Ville: piden que el acusado tenga prisión domiciliaria por un problema de salud Por Redacción Rafaela Noticias El juez de San Cristóbal, Juan Gabriel Peralta, resolvió suspender la audiencia de hábeas corpus solicitada por la defensa de Fabricio Alejandro Battistón (hijo) —detenido con prisión preventiva en la Alcaidía de la Unidad Regional XIII— hasta tanto se produzca un informe médico forense que determine con precisión el alcance de su discapacidad visual y las condiciones de salud en las que se encuentra. La audiencia se desarrolló este martes 22 de octubre en la Sala 2 de la Oficina de Gestión Judicial de San Cristóbal, bajo modalidad híbrida (presencial y por videoconferencia). Participaron la fiscal Hemilce Fissore, el defensor Juan Manuel Lovaiza, la defensora Cecilia Gaitán, las víctimas indirectas Luz y Franca Collino representadas por el Dr. Carlos FarÍas Demaldé, y el representante del servicio penitenciario Gastón Raspo, jefe de la Alcaidía. El planteo de la defensa El defensor privado Juan Manuel Lovaiza solicitó el hábeas corpus en favor de Battistón alegando que su condición visual se agravaba por las condiciones de detención y que la prisión domiciliaria sería más adecuada. Según expuso, su defendido “sufre dolores de cabeza al ser retirado del ámbito al que su ojo está acostumbrado” y las condiciones lumínicas de la Alcaidía “podrían estar afectando su salud”. Lovaiza remarcó que el pedido no se vinculaba a la falta de atención oftalmológica en San Cristóbal, sino al “trato desigual derivado de su condición”, citando el inciso C del artículo 10 del Código Penal, que contempla el beneficio de prisión domiciliaria para personas con determinadas discapacidades. La oposición de la fiscalía Por su parte, la fiscal Fissore solicitó que el hábeas corpus sea rechazado, al entender que “no existe un agravamiento ilegítimo” en la forma en que Battistón cumple la prisión preventiva. Aseguró que “la Alcaidía brinda un buen trato, no hay hacinamiento ni motines, los internos cuentan con espacio para actividades físicas y lectura, y se garantiza la comunicación con los defensores”. También indicó que la discapacidad visual del imputado “no encuadra en los supuestos del inciso C del artículo 10 del Código Penal”, ya que no se trata de una incapacidad intelectual ni se verifican condiciones de trato inhumano o cruel. Además, señaló que el domicilio propuesto por la defensa —en Humberto Primo, a 29 kilómetros de Moisés Ville— no fue acreditado mediante un informe socioambiental ni se probó la idoneidad de la tía materna como guardadora. La decisión judicial Tras escuchar a las partes, el juez Peralta resolvió suspender la audiencia hasta contar con un informe médico elaborado por el Médico Forense de la Quinta Circunscripción Judicial, que deberá examinar a Battistón y expedirse “a la mayor brevedad posible” sobre: La naturaleza de su discapacidad visual. Las necesidades de atención médica general o específica. Su capacidad de autovalerse y desenvolverse en el lugar de detención. Las posibles adaptaciones o cuidados necesarios en su alojamiento. El magistrado dispuso que el médico forense cuente con todos los antecedentes y la colaboración de la Alcaidía UR XIII, y habilitó la intervención de las partes y de peritos de control designados por la defensa, la fiscalía y las víctimas. En los fundamentos, Peralta aclaró que su decisión “no es de blanco o negro” —entre mantener la prisión o conceder la domiciliaria—, sino que busca “evaluar si las condiciones de detención, combinadas con la salud del imputado, no se vuelven irrazonables”. Agregó que el informe médico será útil “no solo para resolver este planteo, sino también para eventuales decisiones futuras del proceso”. El juez destacó además que no se advierte una urgencia médica inmediata que justifique una medida provisoria, pero consideró necesario contar con información científica completa antes de resolver en definitiva el pedido de la defensa.
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