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Parana » Radio La Voz
Fecha: 15/10/2025 15:24
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica dispuso el retiro de los productos “Mami Keto” y “Copito de Nieve” en todo el país. La medida, publicada en el Boletín Oficial, advierte que carecen de registros sanitarios y presentan información apócrifa en sus envases. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio argentino de una conocida golosina y una serie de productos alimenticios identificados bajo la marca Mami Keto, tras constatar graves irregularidades sanitarias. La decisión fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial, luego de una investigación que determinó que los productos no contaban con registros habilitantes y exhibían información apócrifa en sus rótulos, representando un riesgo para la salud pública. Productos “keto” bajo la lupa El caso se inició a partir de la denuncia de un consumidor ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), quien había adquirido por internet el “Pan premium keto y vegano hecho con harina de almendras con mix de semillas”. Tras la revisión del rótulo, los inspectores detectaron la ausencia de datos sobre origen y registros sanitarios. El INAL consultó a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria (DGHySA) de la Ciudad de Buenos Aires, que confirmó que la empresa no contaba con registros de establecimiento ni de producto. A partir de esa constatación, se dio aviso al Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) y se solicitó una investigación sobre la procedencia de todos los artículos comercializados por la marca. Durante las inspecciones, la DGHySA constató que, además del pan, se ofrecían otros productos de la misma firma, entre ellos: Yogur griego natural (170, 380 y 720 g) Pepas keto (140 g) Budín keto (400 g) Alfajor keto (100 g) Cookies keto (125 g) Crackers keto (110 g) Los inspectores procedieron al decomiso inmediato de todos los productos, al comprobar que carecían de rotulación reglamentaria y no exhibían registro sanitario. Alimentos calificados como “apócrifos” El Departamento de Legislación e Información Alimentaria del INAL determinó que los artículos infringen la normativa vigente, al no contar con respaldo legal de elaboración ni procedencia verificable. En consecuencia, fueron calificados como productos apócrifos, lo que implica su prohibición total. El dictamen estableció que los mismos “no podrán ser elaborados ni comercializados en ninguna parte del país”, ni en comercios físicos ni en plataformas de venta en línea, debido a que no pueden ser identificados de manera fehaciente. También prohibieron una golosina popular Además de los productos “keto”, la ANMAT dispuso la prohibición del producto rotulado como “Copito de Nieve, Heladitos Secos”, una conocida golosina comercializada en Córdoba y otras provincias. La Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la Provincia de Córdoba detectó la venta de los “Heladitos Secos” durante un programa de vigilancia provincial. Las muestras analizadas arrojaron que el producto no cumplía con la normativa alimentaria vigente y carecía de identificación del establecimiento responsable. El INAL intervino en la investigación y confirmó la infracción, concluyendo que no se puede garantizar la trazabilidad ni la inocuidad del producto. Por este motivo, se prohibió su producción y venta en todo el territorio nacional. Medidas preventivas y advertencia al consumidor La ANMAT recordó que la falta de registros y la información falsa en los envases impiden verificar la calidad y seguridad de los alimentos, lo que representa un riesgo potencial para la salud pública. Por esta razón, instó a los consumidores a evitar la compra de los productos mencionados, especialmente en plataformas digitales o comercios no habilitados, y a denunciar cualquier comercialización ante las autoridades sanitarias locales o el Instituto Nacional de Alimentos. La disposición de la autoridad sanitaria refuerza el compromiso de fiscalización sobre productos que se presentan como “saludables” o “aptos para dietas especiales”, pero que no cumplen con las exigencias del Código Alimentario Argentino.
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