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Parana » El Once Digital
Fecha: 13/10/2025 19:30
El tribunal nacional desestimó el recurso de La Libertad Avanza para reimprimir la Boleta Única Papel en la provincia de Buenos Aires tras la renuncia de José Luis Espert y otros candidatos. La decisión consideró que los plazos técnicos y logísticos ya estaban vencidos. La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió rechazar definitivamente el pedido de La Libertad Avanza (LLA) para reimprimir la Boleta Única de Papel (BUP) en el distrito de Buenos Aires, luego de las renuncias de tres postulantes a diputados nacionales, entre ellos José Luis Espert. Con esta decisión, el tribunal ratificó que se mantendrán las boletas ya impresas, en las cuales aún figura la imagen del economista. La resolución del máximo órgano electoral se fundó en que los plazos establecidos por el cronograma nacional y las condiciones técnicas del proceso hacían materialmente imposible llevar adelante una nueva impresión a menos de dos semanas de las elecciones generales, previstas para el 26 de octubre. La Justicia descartó reimprimir boletas en la Provincia de Buenos Aires y la Cámara Electoral decidirá La Justicia postergó decisión sobre reimpresión de boletas en Buenos Aires por error procesal Argumentos del tribunal El conflicto se originó cuando los apoderados de La Libertad Avanza solicitaron que se actualizara la boleta con la nueva composición de la lista, tras la renuncia de Espert —quien dimitió luego de verse involucrado en un escándalo por presuntos vínculos con un empresario condenado por narcotráfico— y de otras dos candidatas. El objetivo, según el planteo, era garantizar “transparencia y derecho a la información del electorado”. Sin embargo, la Junta Electoral Nacional de la provincia de Buenos Aires había rechazado el pedido inicial al sostener que el proceso técnico y el cronograma electoral ya estaban cerrados, y que una reimpresión pondría en riesgo la organización de los comicios. La Cámara, al revisar el recurso, coincidió con ese criterio y señaló que “el plazo para disponer la reimpresión ya se encontraba vencido el pasado 10 de octubre, incluso antes de que la causa fuera elevada al tribunal”. El fallo precisó que la causa llegó el sábado 11, y recién el domingo 12 estaba en condiciones de ser tratada. Fundamentos técnicos y legales El dictamen del fiscal electoral también se pronunció en contra del pedido de LLA, argumentando que resultaba imposible “en términos fácticos” cumplir con el procedimiento legal: oficializar un nuevo modelo de boleta, aprobarlo, imprimirlo, controlarlo y distribuirlo a los 38.760 centros de votación en tiempo y forma. De acuerdo con el informe técnico del Correo Oficial, el 8 de octubre había concluido la recepción de los 38.760 talonarios con las boletas ya impresas y controladas, mientras que la fecha límite para iniciar su distribución estaba fijada para el 16. Esto dejaba sin margen operativo la posibilidad de reimprimir las 14 millones de boletas requeridas. La Cámara subrayó que, conforme al nuevo esquema de Boleta Única de Papel introducido por la Ley 27.781, cualquier modificación debe atravesar un proceso de aprobación formal que no puede omitirse ni acelerarse sin afectar la seguridad y la legalidad del acto electoral. La cuestión perdió virtualidad En su resolución, la CNE consideró que la cuestión “ha devenido abstracta”, dado que la reimpresión ya no es posible sin comprometer la regularidad y la certeza del proceso electoral. “Encontrándose acreditada la imposibilidad de dictar una sentencia útil que eventualmente ordene la reimpresión, la cuestión ha perdido virtualidad”, señaló el fallo. El tribunal también destacó que en materia electoral prima la necesidad de certeza, celeridad y estabilidad institucional, por lo que los reclamos deben resolverse sin alterar la normalidad del proceso. Finalmente, la Cámara recordó que la protección del sistema democrático “trasciende los intereses partidarios” y que los procedimientos deben resguardar la igualdad de condiciones entre todas las fuerzas políticas. La resolución fue notificada a la Junta Electoral Nacional del distrito Buenos Aires, al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. (Con información de Infobae)
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