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  • La justicia entrerriana obliga a un padre a seguir pagando alimentos de su hijo hasta los 25 años

    Parana » El Once Digital

    Fecha: 13/10/2025 16:30

    El STJ confirmó la sentencia que impuso a un padre extender la cuota alimentaria a su hijo que estudia en la universidad y no puede trabajar por la carga horaria universitaria. La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER) resolvió declarar inadmisible el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por un hombre, quien había apelado una sentencia que lo obligaba a pagar una cuota alimentaria equivalente a medio Salario Mínimo, Vital y Móvil a su hijo mayor de edad, estudiante de Ingeniería Civil.   El fallo —dictado el 9 de octubre de 2025 en el expediente “S., M.J. c/ S., J.A.S. s/ Alimentos”— ratificó el criterio de la Cámara de Apelaciones de Concordia, que había reconocido el derecho del joven a recibir asistencia económica de su progenitor mientras cursa sus estudios universitarios y no puede sostenerse por sus propios medios.   La decisión judicial El tribunal entrerriano, integrado por los vocales Carlos Tepsich, Gisela Schumacher y Leonardo Portela, debatió sobre el alcance del artículo 663 del Código Civil y Comercial de la Nación, que permite extender la obligación alimentaria de los padres hasta los 25 años cuando los hijos estudian o se capacitan y ello les impide obtener ingresos propios.   El vocal Carlos Tepsich propuso admitir el recurso del padre, al considerar que no se había probado de forma suficiente la imposibilidad del joven de trabajar mientras estudia. En su voto, sostuvo que la extensión de la cuota alimentaria “no es una prolongación automática del deber parental, sino una excepción que requiere prueba concreta y suficiente”.   Sin embargo, la vocal Gisela Schumacher y el vocal Leonardo Portela conformaron la mayoría al rechazar el planteo y confirmar la sentencia de la Cámara de Concordia.   Fundamentos de la mayoría Schumacher consideró que el recurso del demandado “no formuló una crítica concreta” a los fundamentos de la sentencia apelada y que el fallo de la Cámara valoró adecuadamente las pruebas.   En su voto, recordó que el hijo había aprobado 14 materias con buenas calificaciones y que la carrera de Ingeniería Civil tiene una carga horaria presencial de entre 27 y 32 horas semanales, a lo que se suman prácticas y estudio adicional. Por ello, sostuvo que es “razonable concluir que no puede sostener una actividad laboral estable” mientras cursa la carrera.   La magistrada enfatizó que la finalidad del artículo 663 del Código Civil y Comercial “es acompañar a los jóvenes en su formación profesional cuando ello les impide autosostenerse”, y que la obligación alimentaria tiene un carácter transitorio y de apoyo formativo, no una prolongación indefinida.   Cuota y honorarios Con esta resolución, el STJER ratificó la vigencia de la cuota alimentaria fijada en medio Salario Mínimo, Vital y Móvil, hasta que el joven finalice sus estudios o cumpla los 25 años.   Además, el tribunal impuso las costas al vencido y reguló los honorarios profesionales de las partes, estableciendo montos de entre $96.000 y $137.000 para los abogados intervinientes.   El fallo marca un precedente y refuerza la aplicación del artículo 663 del Código Civil y Comercial, bajo una interpretación que prioriza el principio de solidaridad familiar y la formación profesional de los hijos.

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