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  • Otro revés del MPA de Martínez en el caso Vicentin

    » Sin Mordaza

    Fecha: 12/10/2025 11:40

    La jueza de la Investigación Penal Preparatoria (IPP) había solicitado a la Fiscalía y a la Querella —representadas por la fiscal Giorgina Díaz y las abogadas Taboada y Walker Torres— la presentación de una nómina de testigos para sostener la denuncia contra el ginecólogo Vicentin, acusado por una paciente de haberla intimidado y sometido sexualmente durante una consulta en el hospital público de Avellaneda. El profesional fue separado de su cargo tras la denuncia y reasignado a otras tareas dentro del hospital. Según lo acordado entre las partes, la lista de testigos debía presentarse en un plazo de 15 días, pero fue entregada dos meses después. Por este motivo, el juez de la IPP declaró inválida la presentación. La Fiscalía y la Querella apelaron la decisión, pero la Cámara Penal de Vera, en una resolución del 9 de octubre de este año, confirmó lo resuelto por el magistrado y denegó la apertura del recurso de apelación. El fallo subraya que, si bien los derechos de las víctimas deben ser protegidos, las normas procesales exigen el cumplimiento estricto de los plazos y términos establecidos, ya que su incumplimiento afecta la imparcialidad del proceso y los derechos del acusado. De este modo, la causa quedó sin los testimonios previstos, lo que limita seriamente las pruebas con que contaban la Fiscalía y la denunciante. Según se advierte, el caso podría derivar en una absolución del acusado, no por falta de pruebas de fondo, sino por fallas procesales atribuibles a la Fiscalía y la Querella. Una vez más, este episodio refleja las consecuencias de la falta de preparación y responsabilidad en algunos representantes del Ministerio Público, así como la ausencia de medidas disciplinarias por parte de las autoridades superiores ante actuaciones que comprometen el derecho de las víctimas y la credibilidad del sistema judicial.

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