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  • Por qué es feriado este viernes, cómo se abona a los trabajadores y qué asuetos le quedan al 2025

    Concepcion del Uruguay » La Pirámide

    Fecha: 10/10/2025 15:16

    El Gobierno nacional oficializó el traslado del feriado del 12 de octubre al viernes 10, generando un fin de semana largo con descanso obligatorio en todo el país. Este viernes 10 de octubre, fue declarado feriado nacional en Argentina debido al traslado oficial del Día del Respeto a la Diversidad Cultural, originalmente previsto para el domingo 12 de octubre de 2025. Esta disposición quedó establecida por la Resolución 139/2025 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, publicada en el Boletín Oficial, con el objetivo de configurar un fin de semana largo que incentive el turismo y favorezca la economía regional. Qué se celebra el 12 de octubre El 12 de octubre en Argentina se conmemora el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, una fecha que promueve la reflexión sobre la convivencia, el diálogo y el reconocimiento entre los diferentes pueblos y culturas que conforman la sociedad argentina. Originalmente, esta fecha recordaba la llegada de Cristóbal Colón a América en 1492, aunque con el tiempo su sentido evolucionó para poner en valor la diversidad étnica y cultural, reconocer los derechos e historias de los pueblos originarios y reafirmar la importancia del respeto mutuo como base de una identidad nacional plural e inclusiva. El 12 de octubre se conmemora el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, promoviendo la reflexión sobre la convivencia y la diversidad étnica El enfoque actual busca promover una mirada crítica sobre el pasado y un compromiso activo con la igualdad y la integración cultural. Esto convierte la fecha en una oportunidad para fortalecer los lazos sociales y contribuir a la construcción de una sociedad más justa y diversa. ¿Es feriado o día no laborable? Según la normativa ya mencionada, se traslada el asueto del 12 de octubre a este viernes 10 de octubre. Por lo tanto, se trata de un feriado nacional y no de un día no laborable. Por lo tanto, es una jornada de descanso obligatoria, que debe cumplirse en todo el territorio nacional. La ley 20.744, conocida como Ley de Contrato de Trabajo, precisa en su artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que para el descanso dominical. Esto significa que, si un empleado es requerido para prestar servicios durante un feriado, tiene derecho a percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada. La decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas que no alteran el régimen de pago. En tanto, los días no laborables es de carácter optativo, y la decisión de otorgarlo como jornada de descanso o de exigir la prestación de servicios recae exclusivamente en el empleador. En caso de que la empresa decida que se trabaje en un día no laborable, el empleado percibirá su salario simple, es decir, la remuneración habitual sin ningún recargo adicional. No se aplica el régimen de pago doble que sí rige para los feriados. ¿Qué feriados quedan en 2025? Según el calendario oficial, estos son los feriados restantes: Noviembre Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente. Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable). Diciembre Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible) Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)

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