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  • ¿Cuáles son los principales cambios que propone el nuevo Código Penal presentado por Milei?

    » Primerochaco

    Fecha: 04/10/2025 19:03

    El presidente Javier Milei anunció el envío al Congreso de un proyecto de reforma integral del Código Penal , elaborado por una comisión de especialistas presidida por el jurista correntino Jorge Buompadre e integrada por jueces, fiscales y académicos de distintas corrientes. La iniciativa fue revisada y ajustada por el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, quien incorporó cambios en la definición de conductas, los encuadres legales y los montos de las penas. El texto constituye un cambio de magnitud histórica: unifica el Código Penal de 1921 —que acumuló más de mil modificaciones parciales a lo largo de un siglo— con leyes penales especiales, generando un cuerpo normativo único de 920 artículos (frente a los 316 vigentes). La propuesta introduce un endurecimiento generalizado de las sanciones, amplía los delitos imprescriptibles, incorpora nuevas figuras delictivas vinculadas al siglo XXI —como cibercrímenes con inteligencia artificial— y rediseña el marco penal para la corrupción, el narcotráfico y la violencia de género. Diez puntos clave A continuación, los diez puntos principales de la reforma: 1. Unificación normativa histórica El proyecto concentra en un único cuerpo normativo las disposiciones del Código Penal de 1921 y las más de mil leyes especiales sancionadas en los últimos 100 años. Este proceso busca eliminar contradicciones generadas por reformas parciales y ordenar el sistema penal, que pasaría de 316 a 920 artículos. 2. Imprescriptibilidad de delitos «gravísimos» Se amplía el régimen de imprescriptibilidad, que hasta ahora alcanzaba únicamente a los crímenes de lesa humanidad. El nuevo Código extiende esta condición a homicidios, abusos sexuales, trata de personas y narcotráfico. No obstante, prevé que las causas simples prescriban cuando superen plazos judiciales razonables, evitando dilaciones indefinidas en procesos menores. 3. Endurecimiento generalizado de penas Las sanciones se elevan en casi todos los delitos. El homicidio simple podrá ser penado con hasta 30 años de prisión. Se agravan las penas para delitos frecuentes como robo de celulares, «entraderas», estafas piramidales, «salideras bancarias» y delitos viales. 4. Ciberdelitos e inteligencia artificial Se incorpora un capítulo integral sobre delitos informáticos, con especial foco en los crímenes asociados a inteligencia artificial. Se tipifican conductas como la creación de imágenes sexuales falsas mediante IA, fraudes digitales y ciberataques complejos. También se establece la eliminación inmediata de estas reproducciones ilícitas. 5. Nuevas figuras delictivas del siglo XXI El proyecto incorpora delitos hasta ahora inexistentes en el Código, como el «stealthing» (retiro no consentido del preservativo), la pornovenganza, el secuestro virtual y la violencia organizada. Además, se reconocen como delitos específicos la crueldad animal sistemática, los delitos ambientales y el incumplimiento de la cuota alimentaria. 6. Lucha contra la corrupción Se elevan significativamente las penas para funcionarios condenados por delitos contra la administración pública y se introduce el soborno entre privados. El proyecto elimina la libertad condicional para reincidentes y condenados por delitos graves, rediseña la figura de enriquecimiento ilícito y habilita el decomiso anticipado de bienes en causas vinculadas a terrorismo, narcotráfico y corrupción. 7. Narcotráfico, con sanciones más severas Si bien se mantienen las penas base de la Ley 23.737 (4 a 15 años), se eleva el máximo a 25 años para organizadores de tráfico internacional. También se crean figuras específicas para precursores químicos, opioides sintéticos y sustancias consideradas de especial peligrosidad. 8. Mayor protección a las víctimas Se incorpora el «seguimiento socio-judicial» para condenados por delitos graves que cumplieron la pena, con el fin de garantizar la reinserción controlada. Además, los jueces deberán escuchar a las víctimas antes de resolver la extinción de la acción penal y notificarlas de todas las decisiones relevantes, asegurando su participación activa en el proceso. 9. Responsabilidad penal de personas jurídicas Se extiende la responsabilidad penal de las personas jurídicas a todos los delitos, sin restricciones, con criterios claros de imputación y sanción. Hasta ahora solo aplicaba a ilícitos vinculados al lavado de activos y delitos económicos-financieros. 10. Delitos contra la familia y violencia de género El proyecto dedica un capítulo completo a delitos que afectan la vida familiar: hostigamiento, maltrato, discriminación e incumplimiento de asistencia. Se incrementan las penas para delitos sexuales, se tipifica el acoso en ámbitos laborales y educativos, y se agravan las sanciones por grooming y difusión de material de abuso infantil. Antecedentes y críticas al proyecto El Código Penal argentino de 1921 fue reformado en más de mil oportunidades, pero nunca se había logrado una reforma integral. Desde entonces se conformaron al menos 18 comisiones con el mismo propósito, sin éxito legislativo. La comisión actual fue creada en febrero de 2024 mediante la Resolución 25/2024 del Ministerio de Justicia. Estuvo integrada por especialistas como Jorge Buompadre, María Eugenia Capuchetti, Ricardo Basílico, Mariano Borinsky, Horacio Romero Villanueva, Mercedes Rodríguez Goyena y Fernando Soto, entre otros. La iniciativa se nutrió de proyectos previos elaborados bajo distintos gobiernos, incluidos los coordinados por Roberto Carlés y Mariano Borinsky en comisiones anteriores. El proyecto también generó críticas entre especialistas del derecho penal. Matías Bailone, profesor de Derecho Penal y Criminología de la Universidad de Buenos Aires (UBA), sostuvo que «no hay una necesidad, de acuerdo a mi perspectiva y punto de vista, de esta reforma o este tipo de reforma que están haciendo. Además, no ha habido una participación plural de juristas de todas las universidades nacionales y de todos los partidos políticos». En relación con el endurecimiento generalizado de las penas, Bailone advirtió que «complica y agrava la situación de destrucción de la organicidad del Código Penal, y lo que hace es también complicar la tarea jurisdiccional». Según su análisis, «sin el estudio suficiente de lo que era o no necesario hacer, me parece que obviamente es un proyecto que está condenado al fracaso y que no le va a hacer bien a nuestra República».

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