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  • Impacto social del juicio por jurados en Entre Ríos: confianza y desafíos

    Concordia » Libre Entre Rios

    Fecha: 04/10/2025 14:30

    Compartilo con El Juicio por Jurados Entre Ríos, desde su implementación formal con la Ley N° 10.746 en 2019, ha representado un esfuerzo por democratizar la justicia y acercarla a la ciudadanía. Con la reciente reforma aprobada el 1° de octubre de 2025, la provincia se encuentra nuevamente en el epicentro de un debate sobre cómo este sistema impacta la percepción pública de la justicia y la confianza en sus instituciones. La promesa de la “Justicia por Pares” La esencia del juicio por jurados reside en la “justicia por pares”, una idea que busca garantizar mayor imparcialidad y legitimidad al permitir que ciudadanos comunes, sin formación jurídica, decidan sobre la culpabilidad o inocencia de un acusado. Según el Manual ciudadano de juicio por jurados para la provincia de Entre Ríos, este sistema es más respetuoso de los derechos y garantías procesales, aumentando la confianza de la ciudadanía, ya que es “la propia sociedad la que toma las decisiones”. La institución se apoya en el “sentido común” de los jurados, quienes no necesitan ser expertos en leyes, ya que el juez técnico les provee las instrucciones necesarias. La participación ciudadana en el jurado es considerada una “carga pública”, lo que subraya su importancia cívica. Para facilitar este deber, la ley prevé la remuneración de los jurados por su labor y el reconocimiento de gastos de movilidad, alojamiento y viáticos, además de la obligación de los empleadores de conservar el puesto de trabajo y los derechos laborales del ciudadano mientras dure su servicio. Estas medidas buscan eliminar barreras económicas y laborales que podrían disuadir la participación, reforzando así la idea de un compromiso comunitario con la justicia. El origen y la consolidación de una institución democrática La adopción del juicio por jurados en Entre Ríos no fue un hecho aislado, sino la concreción de un mandato constitucional de larga data en Argentina, presente desde la Constitución Nacional de 1853. Este sistema es visto como una garantía fundamental para los habitantes y un pilar del proceso penal acusatorio y adversarial. La tardía implementación a nivel nacional y provincial ha sido un punto de crítica, con voces que señalan que el apego a sistemas procesales inquisitivos durante décadas significó un “retraso” en el cumplimiento de este precepto democrático. La Ley 10.746 de Entre Ríos, sancionada en 2019, buscó saldar esa deuda histórica, consolidando la participación ciudadana como política de Estado en la administración de justicia provincial. La reforma de 2025: un quiebre en la confianza ciudadana La reciente modificación de la Ley N° 10.746 en octubre de 2025, particularmente la redefinición del Artículo 2º sobre la competencia de los jurados, ha generado un profundo debate sobre el impacto en la confianza ciudadana. Si bien sus defensores argumentan la necesidad de brindar “celeridad a la Justicia” y de destrabar un “cuello de botella” de más de 190 juicios pendientes, así como la consideración de jurisprudencia internacional en casos sensibles como el abuso sexual para evitar la revictimización, los críticos ven un “retroceso” en la participación ciudadana y un debilitamiento de un “derecho adquirido”. El juicio por jurados en Entre Ríos: un periplo entre la confianza ciudadana y las reformas recientes La senadora Patricia Díaz(La Paz – Más para Entre Ríos), quien votó en contra de la reforma, advirtió que “ninguna crisis justifica debilitar derechos” y que la modificación “recorta apoyos y suma excepciones” que limitan la diversidad y representatividad de los jurados, lo que a su juicio “podría afectar la legitimidad y la confianza en la Justicia”. Esta postura es compartida por diversas organizaciones judiciales, como el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), que han repudiado la reforma, considerándola un “ataque al poder soberano” y al derecho constitucional de ser juzgado por los pares. La polémica se centra en si los problemas de recursos y logística, señalados por algunos legisladores como la causa de la acumulación de casos, justifican una medida que reduce la esfera de acción del juicio por jurados en Entre Ríos. La percepción de la ciudadanía podría verse afectada si se interpreta que la eficiencia se prioriza sobre el derecho a participar en la justicia, o si se considera que se está tomando “el camino más corto” para solucionar problemas estructurales. Estudios empíricos: una necesidad imperativa Para evaluar objetivamente el impacto de estas reformas en la percepción y confianza ciudadana, la realización de estudios empíricos es fundamental. De hecho, el Artículo 96 de la Ley N° 10.746, tanto en su versión original como en la modificada, autoriza a los Poderes Ejecutivo y Judicial a coordinar con el Superior Tribunal de Justicia la “realización de investigaciones empíricas sobre el funcionamiento del sistema de jurados”. Su mención en la ley destaca la importancia de una evaluación constante y basada en datos. Estos estudios podrían arrojar luz sobre cómo los ciudadanos perciben la imparcialidad de los jurados versus los jueces técnicos, si la “justicia por pares” genera mayor satisfacción entre las víctimas y acusados, y cómo las recientes modificaciones influyen en la voluntad de la población para servir como jurados o en su confianza general en el sistema judicial. En un contexto donde la justicia busca no solo ser efectiva sino también percibida como justa y accesible, los hallazgos de estas investigaciones serían cruciales para el diseño de políticas públicas que fortalezcan la relación entre la ciudadanía y su sistema judicial, asegurando que cualquier reforma no solo agilice procesos, sino que también preserve e, idealmente, aumente la confianza en la administración de justicia. La comunidad de Entre Ríos, ahora más que nunca, necesita evidencia clara de que la evolución de su sistema de juicio por jurados se alinea con los principios democráticos y las necesidades de sus habitantes.

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