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  • El Gobierno reglamentó la ley de uso de datos genéticos para la investigación de crímenes

    » Data Chaco

    Fecha: 03/10/2025 18:05

    El Poder Ejecutivo oficializó hoy, a través del Decreto 709/2025, la nueva reglamentación de la Ley N° 26.879, que establece el funcionamiento del Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal. La medida, publicada en el Boletín Oficial, deroga la normativa anterior de 2017 y adecúa el marco legal a los avances científicos y a las reformas introducidas por la Ley 27.759, que amplió el alcance del registro. Con esta reglamentación, el Ministerio de Seguridad Nacional será la autoridad de aplicación y tendrá la responsabilidad de administrar la base de datos, garantizar altos estándares de seguridad y coordinar la interoperabilidad con los registros provinciales. Además, se habilita la designación de un director interino especializado en genética forense hasta que se concrete un concurso público para cubrir el cargo. El decreto destaca la importancia del registro como herramienta para esclarecer delitos, individualizar autores y evitar la revictimización, al tiempo que impone controles estrictos sobre la confidencialidad y el uso de los perfiles genéticos. La nueva reglamentación se ajusta a las normas internacionales en materia de protección de datos personales, como el Convenio de Estrasburgo de 1981 y su protocolo modificatorio de 2018. ¿Qué establece la Ley 26.879? La Ley N° 26.879 fue sancionada en 2013 con el objetivo de crear un registro genético enfocado en delitos contra la integridad sexual. Sin embargo, en 2024 la Ley 27.759 amplió su alcance y lo transformó en una herramienta para la investigación criminal en general. El Registro Nacional de Datos Genéticos recopila y sistematiza perfiles de ADN en diferentes circunstancias: Evidencias halladas en escenas del crimen. Personas imputadas, procesadas o condenadas por delitos graves, como homicidios dolosos, abusos sexuales, narcotráfico y robos agravados. Cadáveres o restos humanos no identificados. Familiares de personas desaparecidas o extraviadas. Integrantes de fuerzas de seguridad y funcionarios judiciales que intervengan en investigaciones penales. Ciudadanos que de manera voluntaria decidan aportar su perfil genético. La ley establece que los perfiles genéticos se almacenan en una base separada de los datos filiatorios (nombre, documento, domicilio), lo que garantiza mayor protección de la identidad. Su uso está reservado a investigaciones judiciales y solo puede decodificarse un perfil con autorización judicial en caso de resultados positivos en una comparación. Además, la norma prevé la creación de la Comisión Nacional de Huellas Genéticas, encargada de supervisar el funcionamiento del registro y de intervenir en el concurso de designación de su director. El registro tiene un doble propósito: favorecer la resolución de causas penales y descartar la participación de personas inocentes. Sin embargo, su implementación también plantea desafíos vinculados a la privacidad y a la protección de datos sensibles. Notas Relacionadas

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