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  • La Cámara Federal revoca al Juzgado de Victoria y confirma su competencia en la causa por incendios en el Delta

    Valle María » Vallemarianoticias

    Fecha: 03/10/2025 17:48

    La Cámara Federal de Paraná revocó una resolución de primera instancia y confirmó que el Juzgado Federal de Victoria continuará tramitando la causa iniciada en el año 2020por la Asociación Civil Cuenca Río Paraná contra el empresario Rufino Pablo Baggio y otros demandados, en el marco de la investigación por los incendios que arrasaron con miles de hectáreas de humedales en el Delta del Paraná. Esta decisión es considerada clave para “el acceso a la justicia ambiental”, señalaron desde la entidad. El fallo, firmado por los camaristas Beatriz Estela Aranguren y Mateo José Busaniche, responde al recurso de apelación de la ONG litigante, que había cuestionado duramente la decisión del juez de Paraná Federico Martín, quien había ordenado la remisión del expediente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La Cámara consideró que, pese a la intervención de las provincias de Entre Ríos y Santa Fe como terceros citados, no corresponde atribuir competencia originaria al máximo tribunal, ya que el litigio se centra en la responsabilidad de particulares por el daño ambiental, dando así la razón a la Asociación Civil Cuenca del Paraná. De este modo, anuló el fallo del juez Federico Martín y le ordenó que continúe con el trámite de la causa. Antecedentes La demanda, iniciada en 2020, busca la recomposición del ambiente dañado e indemnización sustitutiva por las quemas y la construcción de terraplenes en las islas. Los acusados son propietarios y arrendatarios de los campos donde se produjeron los incendios, mientras que las provincias y la Municipalidad de Victoria sólo fueron incorporadas como terceros. “Es decir que, si bien el Estado debe cumplir con sus obligaciones legales, todos los gastos que demanden la recomposición y las eventuales indemnizaciones se les reclaman a los empresarios responsables”, precisaron desde la ONG sobre el escrito del que fueron notificados este 26 de septiembre. La Cámara, señalaron, fue severa en el análisis de la actuación del juez de Victoria, al expresar que “es relevante destacar –como lo expresa el recurrente– el extenso lapso transcurrido en esta causa –cinco años– siendo el juez Federal titular de la ciudad de Victoria quien tiene profundo conocimiento del proceso en trámite, proximidad a la zona ambiental afectada e inmediatez con los hechos acaecidos, lo cual conlleva a considerar la relevancia en su continuidad en la causa”, citaron. Con estos fundamentos, la Cámara revocó la decisión del magistrado que pretendía “desentenderse” del trámite de la causa. El abogado de la causa, Fabián Maggi, representante de la ONG e integrante del equipo legal de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAAA) señaló que los jueces tienen la obligación de dictar sentencia en “plazo razonable”, que es un derecho humano fundamental reconocido por pactos internacionales. Es por esto que “preocupa que en torno a las causas relacionadas con los incendios del Delta del Paraná se registren graves demoras en la solución judicial como esta que se observa en el Juzgado Federal de Paraná”. Formalismo VS. tutela Según expresó la Cámara Federal de Paraná, aceptar la incompetencia dispuesta por el juzgado de primera instancia hubiera significado dilatar aún más un proceso que requiere urgencia y efectividad, tratándose de un bien colectivo esencial como el ambiente. La sentencia advierte que las reglas de competencia no pueden utilizarse como obstáculo para garantizar la tutela judicial efectiva. Gimena Viviani, integrante del mismo equipo legal de la asociación que lleva la causa, destacó: “Este criterio de la Cámara Federal de Paraná se ajusta con los recientes lineamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en su Opinión Consultiva OC-32/25 sobre Emergencia Climática y Derechos Humanos” donde estableció que “los Estados tienen la obligación de garantizar un acceso real, oportuno y efectivo a la justicia ambiental, evitando que formalismos procesales neutralicen la protección de los ecosistemas y los derechos de las comunidades. En esa misma decisión, la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoció por primera vez el derecho autónomo a un clima sano, recordando la responsabilidad de los poderes judiciales nacionales en la materia y destacando que los Estados deben adoptar de manera urgente todas las medidas necesarias para mitigar las acciones humanas que favorecen el cambio climático, el ecocidio que atraviesa el Delta del Paraná es sin dudas un factor que acelera el cambio climático”, concluyó la letrada. Escenario castigado El Delta del Paraná ha sido escenario de incendios reiterados en los últimos años, que se profundizaron desde la prolongada seguía y bajante del río que se inició en 2019. Las organizaciones ambientales y comunidades locales atribuyen a prácticas intencionales ligadas a intereses agropecuarios e inmobiliarios. El caso referido como “Baggio” y que involucra a varios empresario agro ganaderos, es uno de los más emblemáticos, porque pone en el centro del debate la responsabilidad de actores privados y la necesidad de medidas de recomposición. “El fallo de la Cámara Federal de Paraná no sólo asegura la continuidad del proceso en la jurisdicción más cercana a la zona afectada, sino que también marca un precedente relevante para la justicia ambiental en Argentina: confirma que las dilaciones procesales no pueden prevalecer sobre el derecho de la sociedad a un ambiente sano y sobre la obligación de los Estados de dar respuestas eficaces ante el daño ecológico”, evaluaron finalmente desde Cuenca del Paraná. ERA Verde

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