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  • Inconsistencias en quebrantos: ARCA prorroga el plazo de adhesión al plan de pagos

    Parana » 2 Florines

    Fecha: 02/10/2025 16:58

    El organismo extendió el plazo hasta el 28 de noviembre, inclusive. El plan de pagos podrá cancelarse en hasta 120 cuotas y el pago mínimo es de hasta 500.000 pesos. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió el plazo para que empresas que hayan rectificado pérdidas contables computadas incorrectamente puedan adherirse al plan de facilidades de pago vigente. El nuevo vencimiento será el 28 de noviembre de 2025, en reemplazo de la fecha original fijada para el 31 de octubre de 2025. Lo hizo a través de la Resolución General N° 5767/25, publicada en el Boletín Oficial. Pueden adherirse las firmas que hayan actualizado quebrantos en 2023 y en años anteriores, así como las que planeaban ajustarlos por su período fiscal 2024 y hayan manifestado mediante Presentación Digital o judicialmente esa decisión. El plan de pagos permite a los contribuyentes regularizar saldos resultantes de declaraciones juradas en las que se hayan computado quebrantos incorrectamente o donde se utilicen quebrantos a valores históricos. El organismo había tomado esta iniciativa en virtud de las numerosas inconsistencias registradas en el tratamiento de los quebrantos, ya sea por errores en su cómputo o en su actualización, y que llevaron en muchos casos a una incorrecta determinación de la base imponible. Esta situación generó saldos a pagar por el impuesto a las ganancias de ejercicios previos. Es importante destacar que la declaración jurada original y/o rectificativa debe estar presentada al momento de la adhesión al plan de facilidades de pago. ¿Cuáles son los beneficios? El plan incorpora la posibilidad de incluir las multas vinculadas a las obligaciones alcanzadas por el régimen de facilidades de pago, además de los saldos del impuesto y sus correspondientes intereses. También prevé una disminución del porcentaje inicial a ingresar como pago a cuenta, se reduce del 3% al 2% del total de la deuda. ¿Cómo son las condiciones? El plan de pagos podrá cancelarse en hasta 120 cuotas, con un pago a cuenta equivalente al 2%. El monto mínimo de la cuota será de hasta 500.000 pesos. ¿Cuáles son los requisitos? Rectificar la Declaración Jurada del impuesto a las ganancias, revirtiendo el quebranto; y retrotraer compensaciones efectuadas. ¿Pueden refinanciarse planes vigentes? Se admite para quienes cumplan la condición objetiva y no requiere un nuevo pago a cuenta. ¿Hasta cuándo hay tiempo para adherirse? Los contribuyentes podrán realizar su adhesión hasta el próximo 28 de noviembre, inclusive. Las adecuaciones se encuentran disponibles para la adhesión en el sistema informático “Mis Facilidades”.

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