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Gualeguaychu » El Dia
Fecha: 02/10/2025 09:09
Se establece que deberán ser obligatoriamente juzgados por jurados, junto con los delitos conexos que con ellos concurran, los delitos cuya pena máxima en abstracto sea de más de veinte (20) años de prisión o reclusión. En el caso de concurso de delitos, deberán ser obligatoriamente juzgados por jurados cuando al menos uno de ellos tenga prevista una pena máxima en abstracto de más de veinte (20) años de prisión o reclusión. Asimismo, se legisla sobre remuneración y gastos y la conservación del cargo de las personas que sean designadas como integrantes de jurados titulares o suplentes, que serán remuneradas por la labor desempeñada inmediatamente luego de finalizado el juicio, con una suma equivalente a la cantidad de JUS (conforme Ley Nº 9005) que determine el Superior Tribunal de Justicia mediante reglamentación, por cada día de trabajo desempeñado, incluyendo la audiencia de voir dire. Ningún jurado podrá percibir menos de dos (2) JUS por cada día de servicio. Todos los jurados tendrán derecho al reconocimiento de los gastos de movilidad, alojamiento y viáticos, si correspondieren, los cuales serán cubiertos por el Poder Judicial. Posturas a favor y en contra del proyecto El senador Rafael Cavagna (Nogoyá – Juntos Por Entre Ríos) manifestó el acompañamiento de su bloque a la iniciativa. “Hay un principio de realidad que se enmarca en la provincia de Entre Ríos, donde hay muchos vecinos esperando el acceso a la justicia”, afirmó. Allí sostuvo que la reforma impulsada por el Ejecutivo no vulnera garantías constitucionales ni convencionales y que se trata de una facultad provincial: “Ponemos y damos prioridad a que entrerrianos puedan acceder a un proceso judicial que están esperando. En la espera se pueden lesionar derechos”. Cavagna recordó que se escucharon diversas opiniones en el marco de las comisiones, incluyendo a representantes de colegios de abogados e institutos jurídicos. Sin embargo, remarcó que la prioridad de su bloque está puesta en los justiciables. “Hay más de 190 juicios que esperan ser sometidos a jurado. El problema nos llegó y tenemos que resolverlo, aunque sea transitoriamente con esta modificación”, indicó. El senador también destacó la importancia de mantener el juicio por jurado como instituto de democratización de la justicia, pero aclaró que las reformas son “perfectibles y pueden seguir modificándose”. Finalmente, subrayó que “la prioridad hoy es dar celeridad a la Justicia y garantizar el acceso de las víctimas a un proceso”. Puede interesarte Por su parte, el senador Cosso valoró el trabajo realizado en las reuniones conjuntas de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Acuerdos y de Legislación General, donde se escucharon aportes de organismos estatales, la Secretaría de Justicia, el Procurador General y representantes de la abogacía. El legislador señaló que la iniciativa llegó a la Cámara “con la problemática ya creada”, en referencia a unas 190 causas pendientes de resolución. Según explicó, la reforma apunta a agilizar los procesos y destrabar el “cuello de botella” existente en el sistema judicial. En ese sentido, hizo hincapié en la necesidad de atender a los estándares de la Convención Americana de Derechos Humanos y de la jurisprudencia de la Corte Interamericana, que en un fallo reciente recomendó que los delitos de abuso sexual sean juzgados por jueces técnicos y no por jurados populares, para evitar la revictimización de mujeres y niños. Por último, aseveró que se realizará un seguimiento de la aplicación de la norma “para verificar si logra los resultados esperados”. En otro tramo, el senador Martín Oliva solicitó autorización al cuerpo para abstenerse en la votación de este proyecto, argumentando que se trata de una norma “joven”, sancionada en 2019, y advirtió que la reforma “reduciría la competencia del juicio por jurados y le quita participación a la ciudadanía en el juzgamiento de procesos penales”. Además, consideró que las dificultades señaladas en comisión “responden a cuestiones de recursos y de logística, no a la ley en sí misma”. En ese sentido, cuestionó que se haya buscado “el camino más corto para arribar a una solución”. No obstante, aclaró que no pretendía obstaculizar la aprobación de la iniciativa: “Mi voto tiene que ver con el control que debo ejercer como legislador, para que esta modificación sea una solución y no un problema mayor”. Finalmente, la senadora Patricia Díaz (La Paz – Más para Entre Ríos) expresó su voto negativo, y argumentó que la iniciativa implica “un retroceso en un derecho adquirido desde la recuperación democrática”, al reducir la participación ciudadana en los procesos penales. “El juicio por jurado no fue un experimento, sino un avance histórico que acercó la justicia a la gente”, sostuvo, al tiempo que advirtió que “ninguna crisis justifica debilitar derechos”. Díaz señaló que la reforma “recorta apoyos y suma excepciones” que limitan la diversidad y la representatividad de los jurados, lo que a su juicio podría afectar la legitimidad y la confianza en la Justicia. Asimismo, remarcó que bajar los estándares de unanimidad en los veredictos “no hace más rápido el camino hacia la verdad, solo lo hace más frágil”. Por estas razones, expresó que su voto en contra “busca resguardar el valor democrático y la cercanía que el sistema de jurados ha generado en la provincia”. Aprobación de cargos en la Justicia Los senadores también dieron acuerdo senatorial a nombramientos de 28 cargos en el Poder Judicial. Al respecto, el senador Juan Pablo Cosso explicó que “todos los expedientes cumplieron con lo establecido en el artículo 103 inciso 2 de la Constitución Provincial y en el artículo 19 del reglamento”, y aclaró que tres postulaciones habían recibido impugnaciones durante el tratamiento en comisión. Sobre ese punto detalló que las doctoras Elal y Beherán realizaron una “defensa sólida” en la audiencia pública, mientras que en el caso del doctor Schonfeld la impugnación se presentó fuera de los plazos reglamentarios, aunque igualmente se le garantizó el derecho a defensa. Cosso recordó además que la designación final corresponde al Poder Ejecutivo: “El gobernador tiene la facultad discrecional de elegir a cualquiera de los integrantes de la terna. Con la modificación aprobada recientemente, se incorpora un informe con los puntajes otorgados por el Consejo de la Magistratura, pero la decisión política sigue siendo responsabilidad del Ejecutivo”. Finalmente, destacó el trabajo de la Comisión de Asuntos Constitucionales y del personal legislativo en la revisión de los antecedentes, planes de trabajo, situación patrimonial y fiscal de los postulantes. Puede interesarte Cabe aclarar que los senadores Ramiro Favre (Colón – Juntos por Entre Ríos) y Rubén Méndez (Islas del Ibicuy – Juntos por Entre Ríos) se abstuvieron de votar el nombramiento de Leonardo Augusto Schonfeld en la Fiscalía Nº 1 de Villa Paranacito. Nombramientos aprobados Los fiscales auxiliares designados son:
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