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  • Condenaron al exministro De Vido por administración fraudulenta en la compra de Gas Natural Licuado

    Parana » APF

    Fecha: 30/09/2025 19:32

    Así lo dispuso el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°7 de la Capital Federal. También fueron condenados el exsubsecretario Roberto Baratta y el exdirector ejecutivo y apoderado de la empresa Diligentia S.A. Roberto Nicolás Dromi San Martino, todos en orden al delito de administración fraudulenta agravada. Además, dispuso la restitución de US$ 5.523.345. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el próximo 28 de noviembre. Lo condenó a cuatro años de prisión. martes 30 de septiembre de 2025 | 19:01hs. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°7 de la Capital Federal condenó hoy al exministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Públicos de la Nación, Julio de Vido (75); al exsubsecretario de Coordinación y Control de Gestión de esa cartera y titular de la Unidad Ejecutora del Programa de Energía Total, Roberto Baratta (52), y al exdirector ejecutivo y apoderado de la empresa Diligentia S.A. Roberto Nicolás Dromi San Martino (51) por su intervención en las maniobras irregulares en la adquisición de Gas Natural Licuado (GNL) para el Programa Energía Total (PET), que causaron un perjuicio económico al Estado estimado en 5.523.345 dólares. En el debate intervino la titular de la Fiscalía General N°5 ante los TOF, Fabiana León junto al auxiliar fiscal Nicolás Codromaz, precisó el portal Fiscales.gob.ar. En su veredicto, los jueces Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Andrés Castelli, consideraron a De Vido y Baratta como coautores del delito de administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de la administración pública y les impuso penas de 4 años, y 3 años y 6 meses, respectivamente, e inhabilitación especial perpetua, accesorias legales y costas. Por su parte, Dromi San Martino fue condenado como partícipe necesario de ese delito, a la pena de 3 años de prisión, de cumplimiento en suspenso y costas. Además, deberá fijar residencia, someterse a la supervisión de la Dirección de Asistencia y Control de Ejecución Penal (Delegación San Martin) y realizar el curso “Lineamientos de integridad y ética pública para el sector privado. Aspectos esenciales de la responsabilidad corporativa para prevenir la corrupción. Ley N° 27.401” o la capacitación en similares términos que oportunamente se dicte en el Instituto Nacional de la Administración Pública, tras lo cual deberá adjuntar el certificado de realización. El tribunal también ordenó “la restitución de la suma total de dinero detraído consistente en US$ 5.523.345 más los intereses devengados”. En tal sentido, De Vido y Baratta deberán responder de manera solidaria por U$S 731.744 y, junto a Dromi San Martino, por US$ 4.791.600. El alegato fiscal En su alegato de agosto pasado, la fiscal general León había solicitado condenas de hasta 4 años y 8 meses por considerar que los imputados “delinquieron con plena conciencia de su rol institucional, y en abuso de su posición pública y del vínculo con esa posición”. Ello, por cuanto los funcionarios no desarrollaron un procedimiento competitivo de licitaciones -en contradicción a los principios de transparencia, eficiencia y publicidad previstos en las Leyes 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional, 25.188 de Ética en la Función Pública, y en los Decretos 1023/01 y 436/00), delegaron irregularmente la gestión operativa en la empresa Energía Argentina S.A. (ENARSA), e inobservaron su deber de dictar un reglamento interno de contrataciones -que creó una zona de discrecionalidad e informalidad incompatible con el manejo de fondos públicos-. En su alegato la fiscalía también había señalado que, en el caso, se verificó "un esquema de contratación fraudulenta en el que se pagaron más de 5 millones de dólares en comisiones innecesarias y desproporcionadas a empresas sin antecedentes técnicos, con beneficio directo para particulares allegados a ellos”. El caso En el debate, que comenzó el 18 de marzo pasado, se analizaron los hechos investigados por la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°4, a cargo del fiscal Carlos Stornelli, y junto al fallecido juez Claudio Bonadio. La investigación había comenzado por las denuncias -presentadas en septiembre y octubre de 2014- por el presidente de la Unión de Consumidores de Argentina, el presidente de la ONG “Paso por Paso Argentina”, y los entonces diputados nacionales Patricia Bullrich, Laura Alonso y Federico Pinedo, por posibles irregularidades cometidas por funcionarios del Ministerio de Planificación Federal y Enarsa, vinculadas a la adquisición e importación de 11 cargamentos de gas natural licuado, en el marco del “Programa Energía Total”, que había sido creado en julio de 2007 para afrontar la situación energética, a través de la sustitución del consumo de gas natural y energía eléctrica por combustibles alternativos. Además, también se imputó a Dromi San Martino, y a su padre, José Roberto Dromi, haber intervenido en la maniobra como intermediarios de Energía Argentina S.A. (Enarsa) y las empresas proveedoras de GNL, Morgan Stanley, Gas Natural Aprovisionamientos SDG, y Gas Natural Fenosa, lo que incidió en el precio abonado por los cargamentos de gas. Cabe destacar que, por los hechos, también fueron requeridos a juicio Exequiel Omar Espinosa y José Roberto Dromi, presidentes, respectivamente- de la firma Enarsa, y de Dromi San Martino Consultores (Dysan), pero ambos fallecieron antes el inicio del debate oral. (APFDigital)

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