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  • Cuándo es el próximo feriado en octubre: ¿habrá finde largo?

    » Radiosudamericana

    Fecha: 30/09/2025 18:44

    Martes 30 de Septiembre de 2025 - Actualizada a las: 17:50hs. del 30-09-2025 CALENDARIO 2025 El tradicional Día del Respeto a la Diversidad Cultural, originalmente fijado para el domingo 12, tendrá cambio de día. Qué fecha será El próximo fin de semana largo en octubre se concretará cuando el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, originalmente, previsto para el domingo 12, se traslade al viernes 10 de octubre. Esta decisión, adoptada por la Jefatura de Gabinete de Ministros, responde a la facultad de adelantar feriados que coincidan con sábados o domingos, con el objetivo de maximizar el beneficio turístico y social. La medida quedó oficializada con la publicación, el 27 de agosto pasado, de la Resolución 139/2025 -que formó parte del Decreto 614/2025- en el Boletín Oficial. El Secretario de Turismo, Ambiente y Deportes de la Nación, Daniel Scioli, destacó “el nuevo fin de semana largo es crucial para la industria turística, ya que permite desestacionalizar la oferta y activar las economías regionales de todo el país”. ¿Cómo se implementará? Se habilitarán tres días consecutivos de descanso: viernes 10, sábado 11 y domingo 12 de octubre, lo que permitirá a trabajadores y estudiantes organizar viajes cortos o reuniones familiares, en coincidencia con una de las celebraciones más emblemáticas de la diversidad cultural argentina. El sector turístico valoró positivamente esta medida, al considerarla una oportunidad para potenciar destinos en todo el país y mejorar los índices de ocupación hotelera, gastronomía y transporte. La estrategia oficial apunta a que los feriados trasladables no pierdan dinamismo y puedan ser reubicados en fechas más propicias para el consumo interno. El cronograma de noviembre y diciembre El mes 11 del calendario ofrecerá un fin de semana XXL de cuatro días consecutivos. El viernes 21 de noviembre fue declarado día no laborable con fines turísticos, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 27.399 al Ejecutivo nacional. A este día se suma el feriado nacional trasladable por el Día de la Soberanía Nacional, que originalmente caía el jueves 20 y fue reubicado al lunes 24 de noviembre. Así, quienes accedan a la medida podrán disfrutar de un período de descanso que se extiende desde el viernes 21 hasta el lunes 24 de noviembre. El Decreto 614/2025 fundamenta esta decisión en la necesidad de “desestacionalizar” la oferta turística, prolongando el flujo de visitantes y mejorando la distribución de ingresos en el sector. Además, la normativa permite que los días turísticos puedan agregarse de forma planificada, hasta un máximo de tres al año, y que los feriados trasladables se adapten para no coincidir con fines de semana, manteniendo así su impacto. Las jurisdicciones turísticas y los municipios con mayor oferta de servicios habían solicitado expresamente la implementación de estas medidas. El fin de semana extralargo de noviembre funcionará como un “motor” para el cierre de temporada, con expectativas de mayor ocupación y mejores cifras para el sector, que considera el feriado de la soberanía como uno de los más relevantes después del Carnaval y Semana Santa. En diciembre, el calendario contempla un nuevo fin de semana largo del sábado 6 al lunes 8, con motivo del Día de la Inmaculada Concepción de María. Este feriado inamovible, al coincidir con un lunes, habilita otro período de descanso extendido para trabajadores y estudiantes de todos los niveles. El jueves 25 de diciembre, en tanto, corresponde al tradicional feriado nacional de Navidad, también inamovible. Sin embargo, al no estar precedido ni seguido por otro día no laborable, no genera un fin de semana largo, aunque sí representa un paréntesis relevante en la actividad anual. Cabe destacar que las nuevas disposiciones rigen únicamente para los feriados nacionales y no afectan la validez de feriados provinciales o municipales. Tampoco alteran las fechas no laborables por motivos religiosos, que continúan bajo el marco de la Ley 27.399 y la Ley 26.199, según corresponda.

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