29/09/2025 03:47
29/09/2025 03:46
29/09/2025 03:45
29/09/2025 03:44
29/09/2025 03:43
29/09/2025 03:42
29/09/2025 03:41
29/09/2025 03:40
29/09/2025 03:38
29/09/2025 03:38
» Comercio y Justicia
Fecha: 29/09/2025 02:07
El Banco Central reinstauró la limitación cruzada que impone un plazo de 90 días en los que los compradores de dólar oficial no pueden operar con contado con liquidación o MEP y viceversa. Es para frenar rulos ante la brecha cambiaria entre los diversos mercados donde se opera con la divisa. La autoridad monetaria publicó la Comunicación “A” 8336 que modifica las normas cambiarias. La restricción estuvo vigente durante los últimos episodios de controles de cambio y les impide a las personas que compran dólares en el mercado oficial volcar esas divisas en las plazas financieras del dólar MEP y el dólar contado con liquidación Se aplica en ambas direcciones: quienes operen con dólar MEP y contado con liquidación quedarán inhabilitados para recurrir al mercado cambiario oficial por el mismo período de tres meses.
Ver noticia original