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  • Investigación federal. Revocan sobreseimiento de empresa de cáñamo

    Concepcion del Uruguay » La Calle

    Fecha: 28/09/2025 11:36

    La Cámara Federal confirmó la apertura de la pesquisa por presunto cultivo ilícito de cannabis y amplió la imputación a su apoderado. Ocurrió en Comodoro Rivadavia. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó el sobreseimiento de una empresa de cáñamo y de su apoderado en una investigación por presunto cultivo ilegal de cannabis sativa. La decisión se tomó tras un recurso presentado por la Unidad Fiscal de Río Gallegos, a cargo del fiscal federal Julio Zárate, y alcanza a un establecimiento ubicado en la capital santacruceña, donde se habrían desarrollado actividades fuera del convenio con el INTA entre el 30 de julio y el 15 de agosto pasados. El juez Aldo Suárez formalizó la investigación penal preparatoria por un plazo de tres meses y calificó provisoriamente los hechos como cultivo de cannabis de forma ilícita, agravado por la proximidad de un establecimiento educativo. Asimismo, imputó al apoderado de la empresa como autor del delito, al no contar con autorizaciones administrativas ni habilitación del lugar, incumpliendo la normativa sobre sustancias estupefacientes. Suárez ordenó realizar peritajes químicos sobre las plantas secuestradas para determinar su nivel de THC y definir si se trata de cáñamo, como sostiene la defensa, o marihuana, según la fiscalía. El magistrado destacó que estos análisis son esenciales para establecer la legalidad de la actividad y la eventual existencia de un delito penal. El juez aclaró que el permiso otorgado por el Ministerio de Salud para proyectos con el INTA no cubre automáticamente las tareas desarrolladas en el inmueble allanado. En su fallo, remarcó que la autorización tiene un alcance limitado y no coincide con el tipo, destino ni la ubicación del cultivo investigado, lo que justifica la apertura del proceso penal. La defensa había sostenido que la empresa no podía ser imputada conforme a la ley 27.401, que regula la responsabilidad penal de personas jurídicas privadas. Sin embargo, el juez señaló que la normativa sobre delitos de estupefacientes, prevista en el artículo 27 de la ley 23.737, sigue vigente y permite imputar a las corporaciones por actividades relacionadas con el narcotráfico, confirmando así la validez del procedimiento. Con esta decisión, la Cámara Federal respalda la acción de la fiscalía y deja en evidencia que la responsabilidad penal corporativa en materia de drogas no se encuentra limitada por otras disposiciones legales, garantizando la prosecución de la investigación y la integralidad del sistema judicial frente a presuntas infracciones de este tipo.

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