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  • Confirmaron la condena a prisión perpetua para un narcocriminal de Venado Tuerto que ordenó un homicidio y extorsiones desde prisión

    » La Guia Semanal

    Fecha: 26/09/2025 17:04

    Confirmaron la condena a prisión perpetua para un narcocriminal de Venado Tuerto que ordenó un homicidio y extorsiones desde prisión Ernesto “El Bicho” Álvarez había sido condenado en un fallo unánime dictado en abril pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de Rosario, que lo halló responsable de idear y ejecutar a través de otras personas un plan criminal alevoso para matar a Erica Ávalos, una joven asesinada de 17 disparos en 2022 en Firmat. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a prisión perpetua de Matías Ernesto “El Bicho” Álvarez, un narcocriminal oriundo de la ciudad de Venado Tuerto que, desde prisión, ordenó una serie de extorsiones y el homicidio de una joven de 25 años asesinada en 2022 de 17 disparos en la localidad de Firmat, con el objetivo de ejercer el control territorial para la venta de estupefacientes. La Sala I del mencionado tribunal, integrada por los jueces Diego Barroetaveña, Gustavo Hornos y Daniel Petrone se pronunció el 18 de septiembre en relación al recurso de apelación respecto del fallo condenatorio del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N°3 de Rosario, que en abril pasado y por unanimidad, le impuso a Álvarez la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua. El tribunal del juico lo halló culpable de los delitos de extorsión (dos hechos consumados y uno en grado de tentativa) en concurso real con el delito de homicidio calificado por ensañamiento y agravado por el uso de arma de fuego, en carácter de autor por determinación. La acusación estuvo a cargo del fiscal general Federico Reynares Solari, titular de la Oficina de Litigio Oral Estratégico del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario, y titular de la Sede Fiscal Descentralizada de Venado Tuerto, y el auxiliar fiscal Rodrigo Romero. Al interponer el recurso de casación, la defensa de Álvarez había señalado que “la sentencia condenatoria se basó en una supuesta autoría ideológica o mediata, sin que se haya probado de forma directa ni indirecta que se le haya dado al autor material una orden concreta de matar, quien ni siquiera ha sido identificado o imputado. Se trata, por tanto, de una inferencia sin respaldo probatorio”. Y refirió que “no se ha probado ningún dominio funcional del hecho, ni cadena de mando concreta, ni la relación entre el imputado y el supuesto autor material”. Ideólogo y ejecutor La Cámara de Casación se expidió en relación al planteo. En su voto, el juez Hornos retomó los fundamentos del TOF N°3 de Rosario. “A partir de una valoración fundada de los elementos de prueba incorporados a la causa, el Tribunal ha concluido de modo razonable que Álvarez -desde su lugar de detención al momento de los hechos, Unidad N°6 de Rawson- ideó y ejecutó, a través de uno o más terceros que respondían incondicionalmente, el plan criminal destinado a dar muerte a Ávalos, mediante la utilización de un arma de fuego”, refiere el fallo. En relación al crimen, expresó que “la sentencia recurrida también cuenta con argumentos suficientes y razonables que la sostienen como acto jurisdiccional válido”, ya que, al momento de valorar los testimonios producidos en el debate, el tribunal destacó que todos se señalaron a Álvarez como el autor intelectual del homicidio”. Recuerdó además que los jueces del juicio reiteraron que la intervención de Álvarez en los sucesos había sido analizada “a partir de otros elementos de criterio, como audios y capturas de pantalla obtenidos desde teléfonos móviles que no dejan dudas en cuanto a que fue quien pergeñó el plan delictual para concretar tres extorsiones”. Hornos remarcó que, aunque Álvarez estaba privado de su libertad, “determinó que otras personas fueran las que ejecutaran materialmente el diseño criminal conforme a sus directivas”, situación que encuadraron en la autoría mediata. Si bien no se ha podido a la fecha individualizar a los ejecutores del homicidio; se encuentra acreditada la intención querida y consciente de Álvarez con el fin de obtener ese resultado”. Tras analizar las constancias de la causa, los fundamentos de la sentencia y el recurso interpuesto, la Cámara de Casación llegó a la conclusión que “los cuestionamientos expuestos por la defensa “no permiten refutar los elementos probatorios que acreditan la versión inculpatoria contra Álvarez, en tanto no constan argumentos sólidos que permitan distanciarse de lo acreditado con relación a la intervención en los hechos que se le atribuyen”. Los jueces Barroetaveña y Petrone adhirieron en lo sustancial a las consideraciones y conclusiones a las que arribó el magistrado que lideró el acuerdo. “El tribunal oral dictó una sentencia debidamente fundada, en la que no sólo efectuó una valoración pormenorizada de la prueba, sino que además apoyó sus conclusiones en reconocida doctrina que avala la solución adoptada”, amplió Petrone. Plan criminal Según la acusación expuesta durante el juicio, el crimen de Avalos fue concretado a las 3.30 del 28 de diciembre de 2022, en inmediaciones de las calles San Juan y Tiro Federal de Firmat, cuando fue abordada por dos hombres que se desplazaban en moto que le efectuaron 17 disparos de arma de fuego, un acto de venganza por negocios vinculados al tráfico de estupefacientes. “Si bien no existe una prueba directa y específica sobre la autoría de Álvarez respecto al homicidio de Ávalos, a lo largo de todo este juicio oral y público hemos presentado una serie de indicios serios, contundentes y concordantes sobre su participación”, remarcó el fiscal Reynares Solari durante el debate. Y señaló que “se pudo realizar un recorrido sobre el dominio que ejercía desde su lugar de detención para perpetrar el homicidio”. En relación a las extorsiones, el tribunal valoró las pruebas esgrimidas por el fiscal para demostrar los hechos cometidas por Álvarez, que culminaron con el arresto de dos miembros de su organización, Emanuel Romero e Iván Mayotto, en diciembre de 2022, cuando se acercaron al domicilio de los dueños de una remisería y buscaron “la plata del negro Matías”. De acuerdo a la identificación que hicieron las víctimas, Álvarez las contactaba por videollamadas desde prisión para exigirles la entrega de dinero. Varios testigos policiales dieron cuenta de esa situación respecto a quién había encargado la extorsión, y que la pareja de Mayotto “era la encargada de juntar plata para Álvarez”, un dato corroborado con un peritaje realizado al celular secuestrado a Romero. “Las órdenes las daba Álvarez desde su lugar de detención con una línea telefónica con característica de la localidad donde estaba detenido. Se pudo corroborar que la utilizaba para continuar ejerciendo el dominio territorial y el manejo de los negocios ilícitos”, expuso la fiscalía durante el juicio.

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