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  • Los países deben actuar en COP30

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 18/09/2025 06:51

    En las negociaciones climáticas globales de este año, que se celebrarán en noviembre en Belém (Brasil), la política debe ceder el protagonismo a la ley. Conocidas como “COP”, por el acrónimo de las Conferencias de las Partes, estas cumbres anuales reúnen a los países para negociar en torno a los principales tratados climáticos: la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. Durante los últimos 30 años, estas negociaciones han estado marcadas por el estancamiento político, sin lograr la ambición ni la justicia climática que el mundo necesita. Este año, sin embargo, dos tribunales internacionales han dejado claro que la acción climática y la rendición de cuentas no son aspiraciones políticas, sino obligaciones jurídicas. Así, el mundo tiene una oportunidad decisiva para redefinir el rumbo de las negociaciones climáticas. El mensaje para la COP30 es claro: menos política, más derecho. Durante años, Estados Unidos y otros grandes contaminadores del clima han frenado el avance al ritmo de su voluntad, reduciendo la política climática a compromisos voluntarios y esquivando cualquier debate sobre las verdaderas causas de la crisis. A menudo sostienen que las obligaciones jurídicas existentes para prevenir el deterioro ambiental y respetar los derechos humanos no les aplican, y que toda acción climática depende únicamente de la discreción de los Estados. Como niños malcriados que se creen por encima de las reglas, estos Estados básicamente le han dicho al resto del mundo — incluidas las personas que enfrentan la crisis climática día a día—: “¡A mí nadie me manda!” Pero en un momento histórico para la justicia climática, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y la Corte Internacional de Justicia (CIJ) han rechazado de forma contundente los intentos de los grandes contaminadores por eludir su responsabilidad en la crisis climática y minimizar sus obligaciones legales de prevenir y reparar sus consecuencias destructivas. En dos fallos separados, emitidos en julio de 2025, ambas Cortes se han puesto del lado de las juventudes, de las naciones más vulnerables al clima y de las comunidades en primera línea, dándole a los países un respaldo clave para hacer frente a los grandes contaminadores. En sus históricas Opiniones Consultivas sobre el cambio climático, estas Cortes han dejado establecido que la acción climática ambiciosa no es una opción política: es una obligación jurídica. Esta obligación está respaldada no sólo por los tratados climáticos, sino también por otros acuerdos ambientales, el derecho internacional de los derechos humanos y principios ampliamente reconocidos del derecho internacional. Si los Estados no actúan para prevenir el daño climático y garantizar el disfrute del derecho a un ambiente limpio, saludable y sostenible, podrían enfrentar consecuencias legales. No ser parte de uno de los acuerdos climáticos no es excusa, ni exime a ningún país de sus obligaciones jurídicas ante la emergencia climática. El daño climático no es resultado únicamente de las emisiones directas de gases de efecto invernadero, principalmente provenientes de los combustibles fósiles. También es consecuencia de las acciones que sostienen a la economía fósil: los subsidios, la falta de regulación y la desinformación sin control. Por eso, la acción frente al cambio climático no se limita a reemplazar una planta de carbón por un parque eólico; también abarca la forma en que los Estados legislan, regulan, promueven la participación y controlan el comportamiento del sector privado. Además, estos fallos históricos han redefinido el punto de partida para las negociaciones internacionales sobre el clima y las condiciones para entrar a la COP de este año. Si los países quieren cumplir con sus obligaciones en virtud del derecho internacional, no pueden seguir presentando planes climáticos nacionales (NDC, por sus siglas en inglés) que apenas cumplen con lo mínimo. La CIJ ha dejado claro que toda NDC que no sea más ambiciosa que la anterior, que no refleje el mayor nivel de compromiso posible del país y que no sea compatible con el objetivo de 1,5 °C está en violación de la ley. Los países tampoco pueden seguir adoptando decisiones en las COP que representen el mínimo común denominador. Eso significa que no hay lugar para las declaraciones ambiguas, los argumentos engañosos o las tácticas para frenar el avance por parte de los contaminadores. Estas son las bases legales mínimas. Y no están sujetas a negociación. Han quedado atrás los tiempos de escasa ambición y promesas incumplidas por parte de los grandes contaminadores. El punto de partida para la COP30 no es donde terminó la anterior, sino el lugar donde deberían estar los países según el derecho internacional. Y lo que definirá el éxito de esta COP no es que sus resultados en mitigación, adaptación, financiamiento y transición justa se alineen con los de la anterior, sino que estén a la altura de lo que exige la ciencia y el derecho. La urgencia es palpable, a medida que el caos climático desata inundaciones cada vez más mortales, incendios forestales devastadores y huracanes destructivos. Detener la crisis climática implica detener sus causas y de eso trata la mitigación. Esto significa una eliminación de los combustibles fósiles que sea total, justa, rápida y financiada. La acción que no sea lo suficientemente ambiciosa como para cumplir con el objetivo de 1,5 °C no está en línea con la ley. Y seguir produciendo, utilizando y subsidiando combustibles fósiles podría constituir una violación del derecho internacional — tal y como lo ha reconocido la CIJ. Cumplir con objetivos reales de mitigación y adaptación requiere financiamiento real y a la altura del desafío, no promesas vacías de movilizar recursos. Ambos tribunales lo han dejado claro: los países desarrollados tienen la obligación jurídica de proporcionar ese financiamiento. Enfrentar la crisis climática requiere un esfuerzo global. Pero esa acción colectiva debe basarse en la equidad y en las capacidades de cada país, reconociendo la responsabilidad histórica de los mayores emisores y los derechos de aquellos que menos han contribuido a la crisis, pero que son quienes más están sufriendo sus impactos. Los países ricos y contaminadores también tienen el deber jurídico de proporcionar reparación y compensaciones por el daño que han causado y continúan causando. Una forma de hacerlo es pagando. La reparación no se limita al dinero, pero sí es necesario para corregir injusticias históricas y remediar los daños actuales. Un buen primer paso es financiar el Fondo para Abordar las Pérdidas y los Daños, lanzado en la COP28. Los países desarrollados deben llegar a la COP30 dispuestos a aportar recursos financieros para la mitigación, la adaptación y las pérdidas y daños, no como un acto de caridad, sino como una obligación jurídica. Durante años, la influencia corporativa y las mentiras han minado la ambición en las COP y han marginado las voces de los más vulnerables. Pero la Opinión Consultiva de la Corte IDH reconoció que los Estados tienen la obligación jurídica de frenar la difusión de la desinformación y de proteger a las personas defensoras del medio ambiente y los derechos humanos. Por tanto, la COP30 debe ser un espacio donde se escuche — y no se silencie ni se castigue — a quienes defienden el ambiente y los derechos humanos, y donde las decisiones se basen en la ciencia y en los hechos. Las sentencias de la Corte IDH y la CIJ han marcado el inicio de una nueva era de rendición de cuentas y han abierto un nuevo camino hacia la justicia climática. Uno de los primeros pasos en ese camino será la COP30. Cuando los representantes de los gobiernos se reúnan en Belém, deberán garantizar que cada decisión esté alineada con el derecho internacional y con la mejor ciencia disponible.Las juventudes, los Pueblos Indígenas, las comunidades en primera línea y quienes defienden el clima en todo el mundo llevan años exigiendo esto en las capitales, en las salas de negociación y en las calles. Ahora, dos de los más altos tribunales del mundo lo han dejado claro: el derecho está de nuestro lado.

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