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» Comercio y Justicia
Fecha: 17/09/2025 20:46
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), por medio de la Resolución General (RG) 5757/25, simplificó el acceso al Régimen de Transportistas de Hidrocarburos con Beneficios. La normativa, publicada en el Boletín Oficial, elimina el requisito de inscripción en el Registro Único del Transporte Automotor (RUTA), que había sido derogado en 2024. “Que en consecuencia corresponde adecuar la Resolución General Nº 4775 a fin de eliminar el requisito de acreditar la inscripción en el “Registro Único del Transporte Automotor” (R.U.T.A.), sustituir aquel relacionado con el contralor de las condiciones de seguridad, al tiempo que actualizar algunas referencias normativas, con el objeto de facilitar a los responsables la inscripción en el “Régimen de Transportistas de Hidrocarburos con Beneficios”, reza el considerando de la norma. Además, la nueva resolución actualiza las normas de seguridad a la Resolución 414/21 de la Secretaría de Energía, reemplazando una normativa de 1994. El objetivo principal, según Juan Alberto Pazo, Director Ejecutivo de la ARCA, es reducir las cargas administrativas para los transportistas. La medida entra en vigencia inmediatamente y afecta tanto a inscripciones nuevas como a trámites en curso. El Anexo III fue reemplazado por un nuevo esquema que detalla la documentación a presentar por cada unidad de transporte terrestre, incluyendo la cédula verde o título de propiedad, en caso de no ser propietario, datos del propietario y contrato o documento que acredite el derecho de uso extendido a nombre de quien solicita la inscripción en el “Régimen”, constancias de cumplimiento de la mencionada resolución 414/21, y acreditación de capacidad de carga.
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