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  • Una jueza correntina autorizó que niños vivan con su tía abuela por su bienestar

    » El litoral Corrientes

    Fecha: 16/09/2025 22:01

    El Poder Judicial de Corrientes informó este martes que, desde el Juzgado Civil y Comercial y de Familia, Niñez y Adolescencia de Monte Caseros, se emitió una resolución judicial que convalidó parcialmente que una tía viva abuela viva con sus nietos de 11 y 6 años respectivamente. La medida excepcional busca salvaguardar el interés superior del niño y garantizar el derecho fudamental a vivir en un entorno familiar estable y seguro. La decisión se tomó después de evaluar que los progenitores de los menores se encontraban en una situación de "consumo de sustancias tóxicas". Esta situación generaba un "descuido, abandono, riesgo y vulnerabilidad” para los niños. Ante esta grave situación, la Dirección de Protección de Niñez y Adolescencia (DiPNA) intervino para proteger a los menores, y la jueza convalidó la medida al considerar que es “idónea, razonable y proporcional”. La resolución destaca el vínculo afectivo entre los niños y su tía abuela paterna. En una audiencia de escucha, los propios niños expresaron su deseo de quedarse con ella. La magistrada valoró que la tía abuela busca “brindarles amor, cuidado y un entorno seguro”. Con esta resolución, la jueza Amelia Itatí Olivieri asegura la protección de los derechos de los niños y su estabilidad emocional. En su resolución, la jueza estableció que el plazo para la medida excepcional de protección será de 90 días, a pesar de que la DiPNA había dispuesto inicialmente un plazo de 180 días. Esta decisión fue tomada en concordancia con el Decreto Reglamentario N° 415/06, que establece que el plazo máximo para este tipo de medidas no puede exceder los 90 días. La jueza consideró que este límite de tiempo es crucial para asegurar la transitoriedad de la medida y garantizar una pronta resolución de la situación familiar de los niños. Lo que resolvió la jueza en la parte resolutiva -Convalidar parcialmente la medida excepcional impuesta por la DiPNA. -Ordenar el alojamiento de los niños con su tía abuela. -Ratificar que la tía abuela fue designada como “Familia de Acogimiento”. -Establecer un plazo de 90 días para la medida. -Disponer una audiencia de escucha con los niños. -Disponer una audiencia para la progenitora y el progenitor con el fin de considerar los informes presentados. Intervención del Dipna: La intervención de la Dirección de Protección de Niñez y Adolescencia (DiPNA) de Monte Caseros fue fundamental y eficaz en este caso. Actuaron de manera rápida al detectar una situación de “descuido, abandono, riesgo y vulnerabilidad” de los niños y aplicaron una medida de protección excepcional. Esta acción preventiva, posteriormente convalidada por la jueza, demostró la capacidad del organismo para salvaguardar el bienestar de los menores, priorizando su derecho a un entorno familiar seguro y afectivo. La relevancia de una efectiva actuación del Dipna en este tipo de procesos para los juzgados del interior es fundamental para la protección de los derechos de los Niñas, Niños y Adolescentes.

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