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Parana » El Once Digital
Fecha: 10/09/2025 23:30
De acuerdo con la normativa vigente, las empresas de medicina prepaga deben informar mes a mes sus actualizaciones en la página oficial de la Superintendencia de Servicios de Salud, mostrando el precio de los planes para que los usuarios puedan consultarlos de manera más rápida y sencilla. De acuerdo con la normativa vigente, las empresas de medicina prepaga deben informar mes a mes sus actualizaciones en la página oficial de la Superintendencia de Servicios de Salud, mostrando el precio de los planes para que los usuarios puedan consultarlos de manera más rápida y sencilla, algo que no sucede. Fiorella Bianchi, abogada especialista en salud, dio a Minuto Uno más detalles sobre esta obligación de las prepagas de publicar los aumentos de sus cuotas y cómo afecta a los usuarios. “Que los usuarios puedan tener acceso a esa información es clave. Sin embargo, esta medida ya había sido implementada y los precios tenían una desactualización de 6 meses. Ahora nuevamente los últimos valores, en lugar de ser los del mes en curso, son los de julio”, explica Fiorella Bianchi. Además, añade: “Con lo cual si la Superintendencia de Salud no presiona a las prepagas para que se actualice la información todos los meses, no va a ser útil ya que va a estar desactualizado como sigue pasando desde el año pasado“. Aumentos de las principales prepagas De cara al próximo mes, varias empresas ya comenzaron a informar cuáles serán los incrementos que planean aplicar. Entre las compañías que estiman los mayores aumentos se destacan Galeno, OSDE y Swiss Medical. El resto de las prepagas se mantiene en una línea similar, después de los incrementos aplicados entre el cuarto y el sexto mes del año, duplicando o incluso triplicando el porcentaje actual de suba. Estas nuevas medidas buscan redefinir la relación entre las empresas de medicina prepaga, los usuarios y el Estado. La publicación anticipada de los aumentos en la web oficial y la obligación de transparentar los criterios de fijación de precios se implementaron con el objetivo de fortalecer el acceso a la información para los beneficiarios del sistema. ¿Qué información debieron presentar? No se trata de un mero trámite. Según lo establecido, las entidades comprendidas en el artículo 1° de la Ley N° 26.682 deben entregar: el texto completo de la comunicación que dirigen a los usuarios para informar el aumento, el porcentaje de variación que aplicarán y el nuevo valor de la cuota mensual discriminado por plan, franja etaria y zona geográfica, el cuadro tarifario vigente y el detalle de los copagos por prestación, si correspondiera. “Un dato fundamental a tener en cuenta, es que los únicos que pueden cambiarse libremente de una prepaga a otra, son los jóvenes sanos, que sí, pueden buscar cuál es la prepagada con mejores planes y más económicos”, destaca Bianchi. Y agrega: ”En cambio, los adultos mayores y las personas con enfermedades crónicas, no tienen esa posibilidad, porque cambiarse de prepaga implica pagar aún más en concepto de edad y de enfermedades preexistentes”. (Fuente: MinutoUno)
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