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» Elterritorio
Fecha: 10/09/2025 15:16
El acusado, identificado como Daniel M. (29), posee una orden de detención nacional e internacional luego de que le justicia le revocara la excarcelación, en el marco de la causa que se le sigue por el siniestro vial en el que falleció la estilista de 34 años, en diciembre del 2020 miércoles 10 de septiembre de 2025 | 14:20hs. La justicia ordenó la detención de Daniel M, miembro de la comunidad gitana, imputado como presunto responsable de la muerte de la estilista Daniela Ibarra que tenía 34 años. Cabe señalar que la mujer murió en un accidente vial ocurrido el 24 de diciembre de 2020, en la zona de la avenida Uruguay y Comandante Rosales de Posadas. En esa línea, el juzgado de instrucción tres de la ciudad de Posadas revocó la excarcelación del miembro de la comunidad gitana de 29 años y ordenó su detención. Hoy el acusado está prófugo de la justicia. Cabe señalar que el imputado está señalado cómo el responsable de causar la colisión, además en ese momento manejaba en estado de ebriedad e intentó darse a la fuga tras el hecho. “Hace cinco años que representamos a una familia que está pidiendo a gritos que haya un avance en la causa y que se llega a un juicio o un debate oral para lograr en su caso una condena para el responsable de este homicidio”, señaló en diálogo con Acá te lo Contamos por Radioactiva 100.7, Federico Tilli, abogado querellante de Daniela Ibarra. “No contamos precisamente con un proceso penal que se caracterice por la agilidad, pero lo cierto es que cinco años es mucho tiempo para explicarle a una familia que está reclamando justicia”, agregó el abogado. Por estas horas la justicia trata de ubicar y detener al sospechoso, quien se encuentra prófugo. Es por ello que se labró un pedido de captura nacional. “Lo que nos llama la atención sobre el pedido de detención nacional e internacional para el imputado, es el tiempo que se llevó a esto, porque desde un principio dimos cuenta que podría darse a la fuga”, declaró. “Al momento de la indagatoria esta persona no contaba con un DNI, es decir, con una constancia de identidad, algo muy básico que al ser requerido por su señoría, esta persona únicamente manifestó un número de documento y hasta la fecha carecemos de una identificación oficial, entonces, con estos fundamentos nosotros decíamos, ‘Bueno, si no podemos identificarlo fehacientemente ante los registros nacionales a una persona, no están dadas las condiciones como para que pueda usar de su libertad durante que se transita el proceso. Dicho esto, se rechazó nuestra oposición oportunamente de la carcelación”, explicó y añadió “y este año 2025 nos terminan dando la razón de que esta persona efectivamente ya no se encuentra en la ciudad de Posadas. Ha sido requerido por el Ministerio Público Fiscal para que comparezca ante el juzgado, no lo ha hecho, se ha constatado la policía en su domicilio, no lo ubican y entonces, todas aquellas presunciones de fuga que la querella hizo saber en su momento, hoy se han cumplimentado y lamentablemente esta persona no está a disposición de la justicia”. La medida dispuesta recientemente por el juez Fernando Verón tiene que ver con que el imputado - quien en 2021 había recuperado la libertad tras el pago de una caución real de 1 millón de pesos-, no respetó las condiciones impuestas por la Justicia para continuar gozando del beneficio. Por lo que se dispuso una orden de detención tras no presentarse a una citación judicial. “Recordemos que el acusado ahora prófugo, en aquella oportunidad intentó escapar en un remis después del choque. Fue el mismo remisero que lo acerca hasta el lugar del hecho y lo pone a disposición de las autoridades. Ese también fue otro punto en discusión porque hay una clara intención de no colaborar con el procedimiento, luego de haber ocasionado el accidente de tránsito. Todos estos indicadores directos o indirectos de la presunción de fuga nosotros la hicimos notar ya en el año 2020. No es que disfrutamos de la detención de una persona, pero lo cierto es que nosotros los abogados como operadores también del poder judicial y de la justicia en sí, debemos y exigimos que en un proceso de legalidad este caso y todos los casos sean resueltos a través de un plenario o de un juicio oral y público en una instancia en la cual se den todas las garantías de la ley a que una persona pueda defenderse y una persona que también fue víctima de un delito, como en este caso nosotros somos querellantes, también pueda actuar en el marco de un proceso”, cerró Tilli.
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