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Usuhahia » Diario Prensa
Fecha: 08/09/2025 00:55
El hecho ocurrió el 27 de junio de 2023, en Ushuaia y la imputada enfrenta una condena a prisión perpetua. Priscila Lucía Luján Santillán, imputada por homicidio agravado por el vínculo, será juzgada por la muerte de su hija de 1 año y 8 meses, ocurrida en junio de 2023. Está acusada de haberle suministrado a la pequeña tres tipos de drogas psicotrópicas, causándole la muerte por intoxicación farmacológica. Este lunes 8 de septiembre, a las 9.30, dará inicio en Ushuaia el debate oral y público contra Priscila Lucía Luján Santillán, acusada de haber provocado la muerte de su hija Gianna Lucelyn Santillán, de 1 año y 8 meses. La imputación corresponde al delito de homicidio agravado por el vínculo. Según el requerimiento de elevación a juicio, la mujer habría suministrado a la menor por vía oral sustancias como clonazepam, quetiapina y levetiracetam, provocándole intoxicación farmacológica, depresión respiratoria, apnea fatal y un paro cardiorrespiratorio. El hecho ocurrió el 27 de junio de 2023, mientras la imputada estaba al cuidado de la niña en la vivienda familiar. La pequeña fue trasladada al Hospital Regional Ushuaia por personal policial, pero falleció poco después. El Tribunal de Juicio estará integrado por los jueces Rodolfo Bembihy Videla, Maximiliano García Arpón y Alejandro Pagano Zavalía. El Ministerio Público Fiscal en tanto será representado por la fiscal Paula Schapochnik, especializada en Violencia de Género e Intrafamiliar, mientras que la defensa de la imputada estará a cargo del abogado Jesús González Saber y del defensor público Carlos Fonrouge. Para el debate se prevé la declaración de 16 testigos. ¿QUÉ REVELÓ LA AUTOPSIA DE LA MENOR? La autopsia y posterior análisis de visceras en centros especializados de la Justicia en el continente, revelaron que la niña ingirió por vía oral tres medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso central, los que combinados de manera indebida o en dosis altas pueden provocar depresión respiratoria, coma o incluso la muerte. El detalle suministrado por la Justicia, menciona tres psicotrópicos: 1. CLONAZEPAM: Es un medicamento ansiolítico y anticonvulsivo, de la familia de las benzodiacepinas. Se utiliza para tratar convulsiones, epilepsia, ansiedad y ataques de pánico. Puede producir somnolencia, mareos y depresión respiratoria si se consume en dosis altas o se combina con otras sustancias que deprimen el sistema nervioso central. 2. QUETIAPINA: Es un antipsicótico atípico. Se usa para trastornos psiquiátricos como esquizofrenia, trastorno bipolar o episodios de depresión mayor. Puede provocar somnolencia, bajadas de presión y depresión respiratoria si se administra en exceso o de forma inadecuada. 3. LEVETIRACETAM: Es un medicamento anticonvulsivo, indicado para epilepsia y crisis convulsivas. Actúa regulando la actividad eléctrica del cerebro. En dosis elevadas puede causar somnolencia, mareos y, en casos graves, depresión respiratoria. PERPETUA En Argentina, el homicidio agravado por el vínculo se encuentra previsto en el Código Penal, artículo 80, inciso 1, y la pena es prisión perpetua. Esto significa que Priscila Lucía Luján Santillán podría recibir la condena máxima que contempla el sistema penal argentino. El “agravamiento por el vínculo” aplica porque la víctima es su propia hija, es decir, existe una relación de parentesco muy cercana, y la ley considera que atentar contra la vida de alguien que se tiene bajo cuidado, constituye una conducta especialmente grave. En la práctica la condena efectiva sería perpetua, aunque no se puede descartar la influencia de fuertes corrientes feministas extremistas, cuya Justicia fueguina no está exenta y obran numerosas denuncias de abogados particulares al respecto, que intenten torcer lo que marca el Código Penal del país. Otro factor que podría influir es un intento estratégico de la Defensa de impulsar una inimputabilidad psiquiátrica o inclusive, una cuestión biológica. En este último caso, la defensa de Priscila Lucía Luján Santillán no podría sostener una posible afectación por depresión postparto o puerperal como atenuante. El puerperio, que es el período posterior al parto en el que el cuerpo y las emociones de la mujer vuelven gradualmente a su estado pregestacional, se divide convencionalmente en tres etapas: inmediato (primeras 24 horas), temprano (hasta 7-10 días) y tardío (hasta 6-8 semanas). Dado que la niña falleció el 27 de junio de 2023 y tenía 1 año y 8 meses, el parto había ocurrido más de un año antes, lo que sitúa a la madre fuera de cualquier marco temporal del puerperio, descartando así esta condición como explicación de conductas atípicas en el momento del hecho. En cualquier caso la gravedad del delito y la edad de la víctima hacen que la expectativa de pena sea muy alta.
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