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  • Argentina suspende por 60 días el cobro de peajes en el canal Martín García tras el fuerte impacto en los puertos uruguayos

    » SL24

    Fecha: 05/09/2025 13:35

    Facebook Twitter LinkedIn WhatsApp La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) resolvió suspender por 60 días el cobro del peaje a los buques que transiten por el canal Martín García, en el tramo comprendido entre la Sección 1.1 y la Sección 1.2 de la Vía Navegable Troncal. La decisión, plasmada en la Resolución 40/2025 y publicada en el Boletín Oficial, responde a la necesidad de “ordenar el tráfico, analizar alternativas y potenciar el flujo de buques para estimular el comercio bilateral y regional”, según indica el texto oficial. El trasfondo de la medida se encuentra en la polémica disposición unilateral que la Argentina aplicó en septiembre de 2024, cuando fijó una nueva tarifa básica de 4,30 dólares por tonelada transportada en el canal Martín García. Aunque el incremento parecía moderado, al sumarse a otros ajustes en el esquema tarifario el impacto fue mucho mayor: el peaje aumentó más de un 100% para los buques que se dirigen a puertos como Nueva Palmira, Fray Bentos y Punta Pereira. De acuerdo con datos del Centro de Navegación, en apenas ocho meses de vigencia esa disposición ya había generado un sobrecosto de 8 millones de dólares, golpeando la competitividad de la hidrovía y tensionando la relación con Uruguay. Mirá también Hugo Flombaum y el Frankenstein de la distribución eléctrica en el AMBA Ahora, con la suspensión por dos meses, el gobierno argentino abre un compás de espera para renegociar condiciones y desactivar un conflicto que había escalado en la región. La resolución no implica una marcha atrás definitiva, pero sí una señal política que busca dar aire a las conversaciones bilaterales. La medida entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y tendrá un plazo de 60 días corridos, período en el que se evaluarán alternativas para garantizar la navegabilidad y el desarrollo equilibrado del comercio regional. Fuente: Boletín Oficial – Resolución 40/2025

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