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  • Se aprobó un proyecto que pone límites en el uso de los DNU

    » Primiciascorrientes

    Fecha: 05/09/2025 03:00

    La definición queda en manos de Diputados. Si ambas Cámaras no los validan “con mayoría absoluta” en 90 días corridos, caerían. Igual caso si una sola los rechazara. Además, cada norma deberá referirse a un área en particular, a diferencia de lo que ocurre en la actualidad, gracias a la ley que impulsó en 2006 Cristina Kirchner. Obtuvo 56 votos a favor, ocho rechazos y dos abstenciones La oposición senatorial aprobó y giró a Diputados un proyecto que cambiaría la lógica abusiva de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) y encorsetaría la posibilidad, de cualquier Ejecutivo, de emitir este tipo de normas para puentear al Congreso. La iniciativa obtuvo, en la definición en general, 56 votos a favor, ocho en contra y las abstenciones de los misioneros renovadores -no massistas- Carlos Arce y Sonia Rojas Decut. Para tener una idea de lo que todo esto implica , los DNU pasarían a tener un plazo de 90 días de corrido para ser aprobados sin excepción y “con mayoría absoluta” por Diputados y el Senado. En la actualidad, si ambas Cámaras no lo voltean -sin registro de tiempo-, los mismos siguen en curso. Además, el texto incorpora que, ante la votación negativa de un solo Cuerpo, también caerían, salvo los derechos adquiridos durante el potencial y corto tiempo de vida. El peor escenario para la Casa Rosada a futuro, cuya nave insignia es el 70/23 de desburocratización del Estado. La yapa del proyecto es que cada decreto deberá referirse a un área en particular, con el fin de evitar una ensalada de temas en un solo texto. Si la ley es sancionada por Diputados -se estima un veto desde la Casa Rosada-, quedará en el olvido la que Cristina Kirchner empujó en 2006 como senadora, cuyo objetivo fue el mismo que critica hoy el espacio que comanda desde su prisión domiciliaria. Como miembro informante, la peronista disidente y titular de la comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara alta, Alejandra Vigo (Córdoba), aseguró: “Los DNU son instrumentos de excepción que contravienen la idea de separación de poderes y funciones, y por ello la necesidad de atenuación del presidencialismo que guio a la reforma constitucional de 1994”. “Sancionar esta modificación evita, en buena medida, la tentación de gobernar con la suma del poder público, extralimitándose el Gobierno en su accionar, cualquiera sea el signo político. La ley 26.122 contiene un procedimiento cuya consecuencia directa es que un DNU, para ingresar y sobrevivir, tiene menos requisitos que una ley ordinaria”, agregó Vigo.

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