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Parana » AIM Digital
Fecha: 04/09/2025 11:33
Tomó estado parlamentario en la Cámara de Senadores un proyecto para reglamentar el funcionamiento del Jurado de Enjuiciamiento, “estableciendo un procedimiento específico, estructurado y garantista para la remoción de magistrados y funcionarios públicos provinciales por razones de orden ético, jurídico o funcional”. La iniciativa pasó a las comisiones de Legislación General y de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, confirmó AIM. La propuesta la impulsó el senador Jaime Benedetti, quien argumentó que el Jurado de Enjuiciamiento “actuará como órgano independiente y colegiado, asegurando el respeto irrestricto al debido proceso legal, a la defensa en juicio y a los principios constitucionales que rigen toda actuación estatal”. La idea es que el Jurado este integrado por tres miembros del Superior Tribunal, un diputado y un senador, y cuatro abogados inscriptos en la matrícula de la provincia, quienes deberán reunir además los requisitos para ser miembros del Superior Tribunal. En ese marco, se dispone que las funciones del Jurado tendrán el carácter de carga pública honoraria. Según el texto, podrán ser alcanzados por el procedimiento de remoción magistrados y funcionarios judiciales, el Fiscal de Estado, Fiscales Adjuntos, el Contador General y el Tesorero General de la Provincia, los miembros del Tribunal de Cuentas, el Director General de Escuelas, los Vocales del Consejo General de Educación y miembros del Consejo Provincial del Niño, Adolescente y la Familia. ¿Quiénes podrán denunciar? Según el artículo 22 del proyecto, “todos los órganos de los tres poderes del Estado y los Colegios o asociaciones profesionales podrán efectuar la denuncia directamente ante el Jurado. Asimismo, toda persona que tuviere conocimiento de un hecho que pudiere dar lugar a la formación de causa ante el Jurado, podrá denunciarlo ante el mismo Jurado”. Sin embargo, no se considerará denuncia, “la mera remisión de actuaciones sumariales, investigaciones practicadas, denuncias recibidas o expedientes tramitados de los que podría surgir la eventual responsabilidad de magistrados o funcionarios”.
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