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  • Regalías de Salto Grande: entre la reparación histórica y el reparto político

    Colon » El Entre Rios

    Fecha: 02/09/2025 06:30

    1. Qué son las regalías y por qué existen 2. Cómo se calculan las regalías excedente. 3. Cómo se distribuyen las regalías 4. Conceptos relacionados con la salud y la educación: un gasto que no corresponde descontar en el cálculo de los excedentes 5. Funciones indelegables ya financiadas 6. Zona de influencia: cuando la reparación se transforma en reparto político Departamentos incluidos sin vínculo real con Salto Grande Atención Esta imágen puede herir su sensibilidad Ver foto Compartir imágen 7. Concordia y Federación: ¿es justo un reparto igualitario del 50% de las regalías? 8. De la reparación al reparto 9. El doble perjuicio 10. El reclamo que debe unir a los municipios del río Uruguay Lo que debía ser una herramienta de reparación para Concordia, Federación y la zona de influencia de la Represa, terminó convertido en un mecanismo de reparto político; las regalías se achican con gastos impropios y se alejan de quienes más perdieron con la represa, que siguen esperando la reparación prometida. Concordia y Federación reciben en partes iguales el 50% de los excedentes sin reconocer la mayor población y necesidades de la primera.La represa de Salto Grande fue concebida como un proyecto binacional para generar energía, mejorar la navegabilidad y promover el desarrollo social y económico, pero también significó un sacrificio enorme para nuestra región. La represa no solo trajo energía y desarrollo: también dejó heridas que todavía duelen y atraviesan a toda la región, muy visibles en la erosión de la costa y la pérdida de suelo fértil que comprometen la producción, en la caída del turismo y la disminución del valor de las propiedades ribereñas que afectan a la economía local, en los crecientes gastos que deben afrontar los municipios para reparar infraestructuras y en la pérdida de ingresos ligados a la pesca y la recreación, a lo que se suma la relocalización forzada de Federación que marcó para siempre la vida de miles de familias.Todos estos daños ya causados no pueden quedar sin respuesta, porque son consecuencias directas de la represa y deben ser reconocidos mediante una indemnización plena.Las regalías, en cambio, que siempre existieron como un derecho legal, no son una indemnización sino una compensación permanente frente a los impactos que todavía persisten y los que vendrán. El problema, entonces, se resume en tres preguntas que siguen abiertas: a) cómo se calculan, b) cómo se reparten y c) si realmente alcanzan porque los daños son siempre mayores que los fondos que llegan a cada municipio.La Comisión Técnica Mixta de Salto Grande no nació como un simple ente energético. Fue creada por el Convenio de 1946, aprobado por la Ley 13.213 en Argentina y la Ley 12.517 en Uruguay con un mandato más amplio: mejorar la navegabilidad, fomentar el desarrollo económico, industrial y social de la región, y aprovechar el río para múltiples fines. Ese origen muestra que el reclamo de Concordia y Federación no es una novedad: ya estaba en el ADN fundacional del proyecto.Con el decreto Nº 1.944 (Boletín Oficial N.º 28.165, 28/08/2025), el gobernador Rogelio Frigerio resolvió que Concordia y Federación perciban no menos del 50% de los excedentes. La medida parecía saldar una deuda histórica, pero el modo en que se calculan y distribuyen los recursos termina desvirtuando la reparación y convierte un derecho en una nueva postergación.El cálculo surge del Convenio Argentino–Uruguayo de 1946 (Ley nº 13.213 en Argentina y Ley nº 12.517 en Uruguay).A los ingresos obtenidos por la venta de energía se les descuentan:• los gastos de operación y mantenimiento,• la depreciación de las obras, y• la amortización e intereses de los préstamos tomados para la construcción del complejo.El resultado de esta resta constituye el excedente o sobrante de explotación, que es la base sobre la cual se calculan las regalías hidroeléctricas, de allí su nombre habitual:Es como si a una familia le descuentan del sueldo no solo el alquiler y la luz (gastos propios), sino también los medicamentos del vecino: lo que queda en el bolsillo es mucho menos de lo que debería.La Ley Nacional nº 24.954 (1998) ordena que la Nación transfiera esos excedentes a las provincias en la siguiente proporción:• 67,5 % Entre Ríos,• 27,5 % Corrientes,• 5 % Misiones.En Entre Ríos, la Ley Provincial nº 9.140 (1998) creó la Comisión Administradora para el Fondo Especial de Salto Grande (C.A.F.E.S.G.) para administrar esos fondos con destinos concretos:• traslado definitivo de Federación,• obras complementarias del proyecto,• defensas costeras y mitigación de impactos,• y desarrollo regional.El primer problema es que la Delegación Argentina de la CTM descuenta como “egresos” más de 3.000 millones de pesos, registrados bajo la partida contable denominada Responsabilidad Social Empresaria (RSE), lo que tiene un impacto significativo en el excedente sobre el cual se calculan las regalías.En su Memoria de Gestión 2024, la entidad binacional, informó la compra de sillones odontológicos, computadoras, medicamentos y arreglos en instituciones educativas, todos ellos conceptos relacionados con la salud y la educación, conforme obra en su sitio web https://www.saltogrande.org/memoria_gestion/2024/Memoria_Gestion_2024.pdf Estos bienes fueron entregados en 2025 en un acto oficial junto al gobernador Rogelio Frigerio, conforme obra en el portal del Gobierno de Entre Rios, link https://portal.entrerios.gov.ar/noticias/45788 Durante ese acto, los discursos oficiales buscaron presentar el programa de RSE como un ejemplo de cooperación:Daneri (CTM):Valentinuz (Salud):Gallegos (OSER):Lo que se muestra como “trabajo en equipo” es en realidad una ingeniería contable: se desvían más de 3.000 millones de pesos del excedente de explotación que debería convertirse en regalías para Concordia y Federación. La CTM no paga esos gastos con un presupuesto aparte: los descuenta de la misma bolsa de la que salen las regalías.Y hay un agravante: el 50% de los recursos que debía concentrarse en Concordia y Federación, y el otro 50% que correspondía a los municipios de la zona de influencia, terminaron diluyéndose en beneficio de toda la provincia bajo la forma de medicamentos, equipamientos y arreglos de instituciones escolares.La educación y la salud no son opcionales ni accesorias: son funciones básicas e indelegables del Estado entrerriano. El Presupuesto Provincial ya contempla partidas específicas para cubrirlas, y el Impuesto Inmobiliario incluye un adicional destinado al mantenimiento escolar.Cuando la CTM descuenta estos conceptos bajo el rótulo de RSE, lo que en realidad hace es trasladar al fondo de las regalías obligaciones que ya están financiadas con recursos provinciales. Esto significa que los municipios afectados ven reducidos sus recursos para obras de reparación y desarrollo, mientras el Estado provincial se beneficia con un doble financiamiento.La RSE es noble cuando se aplica a clubes, asociaciones o fundaciones, pero se desnaturaliza cuando se usa para encubrir funciones incumplidas del Estado.Ya en los decretos argentinos 6295/60, 2997/72 y 1614/79 se había reconocido la zona de influencia de Salto Grande y se dispuso la administración de bienes expropiados para el cumplimiento del Convenio y Concordia y Federación estuvieron desde el comienzo dentro de ese mapa de impacto económico y territorial.El decreto de Frigerio de Agosto de este año, definió como zona de influencia de la CAFESG a los departamentos: Federación, Concordia, Colón, Concepción del Uruguay, Gualeguaychú, Ibicuy, Feliciano, Federal, San Salvador y Villaguay.Es justo que estén Concordia y Federación, porque son los departamentos más golpeados. También puede aceptarse a Colón, Uruguay y Gualeguaychú, que tienen costa sobre el río Uruguay y actividades ligadas a esa cuenca, e incluso Ibicuy y Feliciano, con contacto territorial con el río.Pero resulta muy difícil de justificar la incorporación de Villaguay, Federal y San Salvador, departamentos mediterráneos, alejados del Uruguay y sin relación alguna con los impactos del embalse.El decreto reconoció que Concordia y Federación son los departamentos más directamente impactados y dispuso que el 50% de los excedentes se destine a ellos, en partes iguales.Se trata de un paso importante, pero surge una pregunta legítima: ¿es justo que la distribución sea 50%-50%?Según el Censo 2022:• Concordia: 198.163 habitantes• Federación: 79.133 habitantesConcordia tiene más del doble de población, más pobreza e indigencia, y sufre más inundaciones. A esto se suma un dato histórico: muchos trabajadores de la represa se asentaron definitivamente en Concordia, ampliando su población y demandando más infraestructura, por eso, si bien es justo compensar a Federación, también es válido discutir si el repartir el 50% de las regalías en partes iguales entre Concordia y Federación, refleja realmente la magnitud del impacto en Concordia.En definitiva: si Concordia tiene más del doble de habitantes y más pobreza y desempleo que Federación, ¿es justo que reciba lo mismo?, pues la igualdad en el reparto no siempre significa equidad.Aquí aparece la contradicción central: lo que nació como un mecanismo de reparación se transformó en un reparto político, donde se incorporan zonas que nunca pusieron nada en juego.El resultado es que Concordia, Federación y departamentos que realmente sufren la crecida del Río Uruguay, vuelven a ver cómo sus recursos se diluyen, pues en lugar de concentrarse en obras e infraestructura local, los fondos se dispersan hacia departamentos que jamás sufrieron los impactos de Salto Grande.En este esquema, Concordia, Federación y los municipios de la zona de influencia pierden dos veces. Primero, antes del excedente, porque la CTM descuenta millones bajo el rótulo de RSE, reduciendo el monto real de regalías que deberían recibir. Y después, sobre lo poco que queda, porque la provincia lo reparte en una “zona de influencia” inflada que incluye departamentos sin relación alguna con los impactos de la represa.En definitiva, los municipios directamente afectados cargan con un doble perjuicio: una vez cuando se descuentan gastos que no les corresponden y otra cuando sus recursos se diluyen en lugares que jamás sufrieron el costo de Salto Grande.El reciente decreto firmado por el gobernador Rogelio Frigerio que asigna el 50% de los excedentes de Salto Grande a Concordia y Federación, muestra que la discusión sigue abierta. La medida fue celebrada en la política local, pero la pregunta de fondo persiste: ¿esos fondos alcanzan para saldar una deuda histórica o son apenas son un paliativo frente a lo que realmente corresponde?Las regalías de Salto Grande no son un gesto político: son un derecho legal y una reparación territorial.Hoy, ese derecho se achica dos veces: primero, por los descuentos de la CTM en salud y educación bajo RSE; después, por una distribución provincial que incluye departamentos que nunca sufrieron el impacto del embalse.Por eso, es momento de que los intendentes de Concordia, Federación, Colón, Concepción del Uruguay, Gualeguaychú, Ibicuy y Feliciano, junto con sus Concejos Deliberantes, unan sus voces en un reclamo común.No es una discusión partidaria, sino una causa de justicia histórica y equidad territorial.La invitación es clara: dejar de lado diferencias y construir una posición unificada que exija dos cosas indeclinables: la indemnización plena por los daños ya causados y la correcta aplicación de las regalías como compensación de los impactos presentes y futuros, para que vuelvan a cumplir con su verdadero sentido: reparar y generar desarrollo en la región más castigada por la represa.

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