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» Comercio y Justicia
Fecha: 31/08/2025 12:46
El último informe de la relatora especial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre Violencia contra las Mujeres y Niñas, Reem Alsalem, incorporó reportes de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), a cargo de Alejandra Mángano y Marcelo Colombo. El aporte de la procuraduría se consideró relevante para visibilizar que, en el caso de Argentina, muchas mujeres -en particular, madres solteras y en contextos de precariedad económica- recurren a la subrogación como estrategia de subsistencia y quedan expuestas a dinámicas de explotación y desigualdad. En términos generales, el documento subrayó que la ausencia de marcos regulatorios claros y de mecanismos efectivos de control en distintos países, incluida la Argentina, incrementa los riesgos de abuso, mercantilización y violencia. Modus operandi A su turno, la PROTEX informó sobre el modus operandi identificado en varios casos que investiga la justicia federal. Precisó que en se pudo identificar el funcionamiento de “un sistema ilícito dedicado a la explotación de mujeres gestantes a través de la modalidad” y la “posterior comercialización de los niños”. Para la procuraduría especializada, cuando en la gestación por sustitución intervienen actores que hacen de la práctica “un negocio habitual y lucrativo a partir de la captación de mujeres en situación de vulnerabilidad”, se está frente a un supuesto de explotación en los términos del delito de trata de personas, de acuerdo con las pautas establecidas en el Protocolo de Palermo. Desarrolló un perfil concreto de vulnerabilidad: mujeres solas, con hijos a cargo, que se ven compelidas a recurrir a la práctica por la necesidad económica y, en general, con historial de vulneración de derechos. “Esta caracterización permite identificar la subrogación como una modalidad de captación de mujeres en contextos de vulnerabilidad, similar a lo que ocurre en otras finalidades de la trata”, postuló. Estereotipos En el documento que elaboró, la relatora de la ONU señaló que el también denominado “alquiler de vientres” refuerza los estereotipos contra las mujeres y niñas y “mercantilización de sus cuerpos”, algo prohibido por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Alsalem definió a la reproducción subrogada como la práctica en la que “una mujer (la ‘madre sustituta’) queda embarazada y gesta un hijo para otra persona o pareja (los ‘progenitores comitentes’ o ‘progenitores previstos’)”. Puntualizó que los “arreglos” pueden realizarse directamente entre la sustituta y los progenitores previstos o facilitarse a través de una clínica o agencia de reproducción subrogada. “Los costos crecientes, los períodos de espera más prolongados en los lugares de destino de la reproducción subrogada tradicional y el aumento de las restricciones normativas, junto con las crisis y las guerras, han vuelto a despertar el interés por encontrar nuevos destinos para la reproducción subrogada en América Latina”, advirtió. Postuló que por la “incoherencia de los enfoques jurídicos y de políticas” surge “la búsqueda de foros de conveniencia”; es decir, los progenitores comitentes averiguan cuáles son los lugares menos restrictivos y menos costosos para contratar a madres sustitutas. En cuanto al perfil de las gestantes, consignó que lo usual es que ya tengan al menos un hijo. Sobre sus motivaciones, sostuvo que son “polifacéticas”, ya que combinan “consideraciones financieras, empáticas y sociales”. La relatora estableció que, en todo el mundo, la mayoría de las madres sustitutas proceden de entornos de ingresos más bajos y tienen un estatus social inferior al de los progenitores comitentes. Donantes de óvulos El informe analizó también la situación de las donantes de óvulos. Explicó que suelen ser mujeres jóvenes con entornos marcados por la vulnerabilidad económica y, muchas veces, seleccionadas en función de estereotipos raciales y sociales. “Las mujeres jóvenes, blancas, occidentales y con educación superior reciben hasta 100 veces más por sus ovocitos que otras mujeres”, señaló Alsalem. En tanto, identificó cinco tipos de violencia en estos contextos: económica; psicológica; física; reproductiva y esclavitud y trata. “El afán de lucro en que se basa la prestación de servicios de reproducción subrogada aumenta el riesgo de trata de personas en todas las etapas del proceso, en particular para que las envíe a otros países con fines de trabajo reproductivo forzado. En Georgia, por ejemplo, se informó de que se mantuvo recluidas al menos a 100 mujeres víctimas y de que se las obligó a ceder sus óvulos después de que se las estimuló artificialmente para que ovularan”, aseguró. En cuanto a la violencia reproductiva, la relatora dijo que la incorporación de la selección del sexo en los “paquetes de servicios” puede amplificar los prejuicios sexistas y de género existentes en las sociedades “con una marcada preferencia cultural por los hijos varones”. En el acápite “Esclavitud y trata”, consideró que el afán de lucro en el que se basa la prestación de servicios de reproducción subrogada aumenta el riesgo de trata de personas en todas las etapas del proceso; en especial, de que se envíe a las gestantes a otros países con fines de trabajo reproductivo forzado. Además, postuló que los arreglos de reproducción subrogada pueden equivaler o asemejarse a la esclavitud, ya que ponen a las madres sustitutas en una situación en que se hace uso de todas o alguna de las características del derecho de propiedad con respecto a ellas. El informe de la relatora también abordó los estándares del Derecho Internacional de los Derechos Humanos aplicable. Si bien reconoció que no que disposiciones en los tratados que contemplen forma explícita y exhaustiva la práctica -en vista la relativa novedad de la temática- sí rescató, entre otras, cuestiones tales como el principio de dignidad humana vinculada a que en el contexto de la reproducción subrogada, excluye la cosificación y mercantilización de las mujeres y los niños, que tienen un valor intrínseco e igual, tal como viene sosteniendo la PROTEX en sus dictámenes. Alsalem apuntó a la responsabilidad de las “empresas” dedicadas a estas prácticas. Aclaró que los arreglos de reproducción subrogada incluyen, por ejemplo, a agencias, intermediarios médicos, asesores jurídicos y facilitadores transfronterizos, tal como se identificó en los casos de intervención de la procuraduría especializada argentina. Recomendaciones Entre las recomendaciones que figuran en el documento se destaca aprobar un marco jurídico que incluya pilares destinados a sancionar a los intermediarios que facilitan los arreglos de reproducción subrogada y se benefician de ellos y despenalizar a las madres sustitutas; fortalecer la cooperación internacional para detectar, prevenir y encarar las violaciones y abusos conexos de los derechos humanos; establecer mecanismos de justicia eficaces, que incluyan el resarcimiento y reparaciones para las mujeres y los niños que hayan sufrido daños a través de arreglos de reproducción subrogada; velar por que todos los actores pertinentes cumplan sus obligaciones positivas de prevenir y vigilar y sancionar todas las violaciones y los abusos de los derechos humanos relacionados con la reproducción subrogada. La inclusión de los aportes de PROTEX en el reporte internacional es un reconocimiento al trabajo de la procuraduría en la identificación de modalidades de explotación vinculadas a la vulnerabilidad social y económica de las mujeres.
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