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» Comercio y Justicia
Fecha: 29/08/2025 20:14
Por Luis R. Carranza Torres Aunque José de San Martín vivió antes de la codificación formal del derecho internacional humanitario (DIH), muchos de sus actos y principios anticiparon lo que hoy resultan reglas pacíficamente exigibles. El derecho de la guerra en tiempos de San Martín -principios del siglo XIX- era un terreno ambiguo en el que coexistían normas consuetudinarias, códigos militares locales y una incipiente normativa jurídica internacional. No existía aún un cuerpo convencional como en el derecho internacional humanitario moderno, pero sí había principios y prácticas consuetudinarios que regulaban, al menos en teoría, la conducta en los conflictos armados. Regían, asimismo, las Reales Ordenanzas Militares promulgadas por el rey Carlos III en 1768, que regulaban la vida militar en su totalidad, desde el comportamiento de los soldados hasta la administración de justicia, pasando por el trato a civiles y enemigos. Dichas “normas de honor y conducta”, ordenaban evitar saqueos, abusos y profanaciones, protegiendo de forma especial clérigos y mujeres, entre otras cuestiones. Como oficial del ejército español, San Martín conocía estas ordenanzas y las observó aun luego de dejar el ejército real, durante sus campañas. También las reinterpretó en las fuerzas bajo su mando como el Ejército de los Andes o el Ejército Unido. Conforme a su formación con las nuevas ideas de su época, adquiridas curiosamente durante su servicio en el ejército real, resultaba un partidario de los valores de la Ilustración y del liberalismo emergente, entendiendo por consiguiente que el honor militar no se medía solo en victorias, sino también en el trato justo al enemigo y en el respeto por la vida humana. Fueron ideas que tradujo en hechos. Según registros históricos y testimonios como los del sacerdote Julián Navarro y los franciscanos del convento de San Carlos, tras el combate de San Lorenzo los heridos realistas fueron atendidos junto a los patriotas en el mismo espacio de cuidado en el convento, convertido en hospital improvisado. San Martín no permitió que los heridos enemigos fueran ejecutados ni dejados a su suerte, lo que contrasta con prácticas comunes en otras guerras de la época. Asimismo, se concedió el entierro de los caídos con los honores militares correspondientes. Al siguiente día, se reunió con el capitán realista Antonio Zabala en el convento de San Carlos, donde compartieron un desayuno, intercambiaron prisioneros y San Martín ordenó entregar alimentos (carne, queso, pan) para los soldados realistas heridos y detenidos. No se trató de un gesto aislado. Luego de la batalla de Chacabuco, cuando los restos del real ejército de Chile huyeron a la desbandada hacia un lugar distante más o menos a una legua, dejando en el campo un tercio de sus efectivos, San Martín envió un mensaje a el general realista Osorio, dándole seguridades para que sacara a sus heridos de los lugares de batalla, a fin de que hubiera el menor costo de sangre posible. Al entrar en Lima durante la campaña libertadora del Perú, San Martín ordenó respeto absoluto por la población civil y por los bienes religiosos, evitando saqueos o venganzas. A los prisioneros realistas se les ofreció rendición honorable, y muchos fueron incorporados al nuevo ejército libertador, si lo deseaban. Asimismo, abrió negociaciones con el virrey La Serna, buscando una salida pacífica al conflicto, que evitara una guerra prolongada. Durante el sitio del Callao entre julio y septiembre de 1821, previo al ataque, envió una comunicación formal al mariscal José de La Mar, jefe de la plaza, solicitando la rendición para evitar derramamiento de sangre. En un todo de acuerdo al actual principio de precaución y proporcionalidad, los bombardeos nocturnos entre el 4 al 14 de agosto, así como la proclama a los realistas del 24 de julio, son muestras de una estrategia de presión controlada, evitando daños excesivos a civiles. El 19 de septiembre, tras la rendición de la fortaleza, San Martín tomó posesión sin derramamiento de sangre ni que se siguieran represalias contra los defensores. Su frase “la Patria no hace al soldado para que la deshonre con sus crímenes, ni le da armas para que cometa la bajeza de abusar de estas ventajas ofendiendo a los ciudadanos con cuyos sacrificios se sostiene”, refleja el alto contenido ético y moral con que entendía debía conducirse todo integrante del ejército. Aunque es claro que no usaba por la época el término “derecho humanitario”, San Martín mostró una profunda preocupación por la dignidad humana en todos los contextos bélicos que le tocó intervenir. El DIH, codificado principalmente en los Convenios de Ginebra, busca en el presente limitar los efectos de los conflictos armados, protegiendo a quienes no participan directamente en ellos, así como vedar el uso de la fuerza más allá de lo necesario militarmente. Aunque San Martín no conoció formalmente tales principios, como ya se ha visto, su conducta anticipó muchos de sus valores: por ejemplo, el principio de humanidad en el trato digno a prisioneros y civiles, de necesidad militar limitada en el uso estratégico de la fuerza sin excesos, de proporcionalidad en evitar represalias desmedidas, de distinción al separar entre combatientes y población civil. De allí que, entre sus muchos valimientos, el Brigadier General Don José de San Martín también pueda ser considerado como un precursor del actual derecho humanitario por estas tierras.
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