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Chajari » actualidadadiario
Fecha: 28/08/2025 12:30
Será una sesión especial programada para las 14. Este miércoles la iniciativa obtuvo dictamen sin la firma de los legisladores del PJ, que no acudieron a la reunión. Autoriza a la Provincia endeudarse en 500 millones de dólares en el mercado En una sesión especial, la Cámara de Diputados buscará darle la media sanción faltante al proyecto de reestructuración de deuda provincial que autoriza al Gobierno a endeudarse en 500 millones de dólares en el mercado. La sesión comenzará a las 14 hs. Este miércoles la comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas junto con la de Legislación General firmaron dictamen sin la firma de los diputados del PJ, que decidieron no acudir a la reunión. Aprobación en el Senado El lunes en la Cámara de Senadores la iniciativa obtuvo media sanción con 12 votos a favor, desatancándose el dato de que cuatro de esos votos fueron del Bloque de Más por Entre Ríos. El proyecto de ley, de autoría del Poder Ejecutivo, autoriza al mismo a “concretar actos, operaciones, mecanismos y/o instrumentos financieros de crédito público, en moneda nacional o extranjera, que juzgue más apropiados para adecuar las condiciones emergentes de las obligaciones derivadas de la deuda pública provincial y/o pagos referentes al inciso 7: Servicios de la Deuda y Disminución de Otros Pasivos, incluyendo la restitución al Tesoro Provincial de los fondos erogados por tales conceptos durante el ejercicio 2025, hasta un monto total que no podrá exceder los U$S 500.000.000 (dólares estadounidenses quinientos millones), o su equivalente en Pesos conforme al tipo de cambio vigente al momento del efectivo ingreso de los fondos”. Las operaciones podrán celebrarse en pesos o en moneda extranjera. El Poder Ejecutivo podrá asegurar el cumplimiento de las distintas obligaciones asumidas conforme las autorizaciones que prevé esta Ley, mediante la afectación en garantía y/o cesión de los derechos de la Provincia, sobre las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales o el régimen que lo sustituya o modifique, como así también los recursos tributarios derivados de la propia administración y recaudación provincial y que integran la Fuente Tesoro Provincial.
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