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Parana » 2 Florines
Fecha: 27/08/2025 07:54
Aníbal Gerónimo García, de Gualeguaychú, realizó una presentación judicial ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en el que cuestiona al Tribunal Electoral del Colegio por su exclusión como candidato a presidente de la entidad, cuyo acto se llevó a cabo el 27 de junio pasado. Dos Florines Aníbal Gerónimo García, actual presidente de la Regional Sureste del Colegio de Ingenieros Civiles de Entre Ríos (Cpicer) y vocal del Directorio, recurrió ante la Justicia para cuestionar a la entidad por no permitirle participar durante las elecciones en calidad de candidato a presidente de la lista “Participación y Transparencia”. El profesional (Matrícula Nº 4928), oriundo de Gualeguaychú, presentó un “Recurso de Apelación” ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ), para expresarse contra el acta del Tribunal Electoral del Colegio (con fecha del 2 de junio), por considerar “inconstitucional su exclusión como candidato a presidente”, cuyo acto eleccionario sucedió el 27 de junio. Según consta en la Solicitada, el Tribunal Electoral argumentó que García no pudo ser candidato por ocupar el cargo de Presidente de la Regional Sureste hasta 2026. En tanto, el profesional rechazó los motivos de incompatibilidad, advirtió por un “error de interpretación” y citó el artículo 34 de la Ley 8.802. Al mismo tiempo, García cuestionó al Tribunal por no actuar con imparcialidad y denunció que “otros candidatos en situación similar no fueron observados, lo que implica un trato desigual y favorece a la lista oficialista ‘Compromiso con la Ingeniería'”. Dicha presentación continuó por las vías administrativas y desde el STJ se interpeló al Colegio, cuyo Directorio respondió al máximo órgano provincial. Sobre esta respuesta, García cuestionó que “no se puso a referéndum del Directorio la respuesta de dicha solicitud”, acusó una “violación de la ley 8.802” y solicitó una reunión de Directorio Extraordinaria. Posición del Directorio del Colegio sobre el tema. Qué dice la Solicitada Objeto del Recurso: El Ing. Aníbal García interpuso Recurso de apelación contra el acta del Tribunal Electoral del COLEGIO PROFESIONAL DE LA INGENIERIA CIVIL DE E.RIOS (02/06/2025), por considerar inconstitucional su exclusión como candidato a presidente en la lista “Participación y Transparencia” para las elecciones del 27/06/2025. El 26/06/25 el Pte. del S.T.J. acepta la presentación, resolviendo Librar Oficio al Colegio de Ingenieros Civiles de la Pcia. de E.Rios, dentro del término de cinco días de recepcionado el despacho, requiriendo remita todos los antecedentes vinculados a las elecciones del 27 de junio de 2025, al recurso interpuesto. Motivo de la Exclusión: El Tribunal Electoral argumenta que García no puede ser candidato por ocupar el cargo de Presidente de la Regional Sureste hasta 2026. Según su interpretación de los artículos 62, 38 y 33 de la Ley 8802, esto lo haría incompatible. Fundamentos de la Apelación: Error de interpretación legal: No hay incompatibilidad entre ser Presidente de una Regional y postularse a Presidente del Directorio. (ver art.34 de la ley 8802 – Condiciones de Elegibilidad) Derecho constitucional vulnerado: Se le niega el derecho a ser elegido , protegido por la Constitución Nacional (Art. 75 inc. 22) y la Convención Americana de Derechos Humanos (Art. 23). Renuncia posible: En caso de resultar electo, renunciaría a su cargo actual, el cual es reemplazable por un vicepresidente. Tratamiento desigual: Denuncia que otros candidatos en situación similar no fueron observados, lo que implica un trato desigual y favorece a la lista oficialista “Compromiso con la Ingeniería”. Actuación parcial del Tribunal Electoral: Afirma que el tribunal no actuó con imparcialidad, afectando la legitimidad del proceso. Petitorio: Que se tenga por presentado el recurso. Que se revoque el acta impugnada. Que se postergue la fecha de elecciones hasta resolverse el recurso. Que se lo habilite a participar como candidato. Que se considere la prueba ofrecida. Reserva expresa del caso federal.
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