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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 23/08/2025 04:34
María Estela Martínez de Perón en una fotografía de 2013 ¿Tiene María Estela Martínez de Perón la intención de regresar al país? Así lo aseguran algunos que también afirman que un grupo de legisladores y ex legisladores estaría trabajando para remover algunos obstáculos legales para ello. Mirando esta posibilidad con satisfacción, considero oportuno recordar y reflexionar sobre las circunstancias que la tuvieron como protagonista del golpe militar del 24 de marzo de 1976. Es necesario hacerlo, pues, más allá de la restauración democrática de 1983, su nefasta influencia sigue vigente de alguna forma. Cumplidos casi 50 años del inicio de ese suceso, la cultura vigente de algunos auto considerados biempensantes, se ha centrado en el análisis de las facciones que participaron en la escalada de violencia que, previo paso por el intento bélico de las Malvinas, culmina con las elecciones de 1983. De una parte, están quienes admiran y reivindican a los que se involucraron en acciones armadas terroristas y, de la otra, los que justifican a los golpistas, aduciendo que actuaron para salvarnos del Comunismo. Más allá de cualquier subjetividad, lo cierto es que tras un ciclo de golpes militares que nace en 1930 y se convalida con algunos gobiernos no representativos de la voluntad popular, por la proscripción del Justicialismo, este partido político, junto a sus aliados, triunfó en las elecciones de 1973 en dos oportunidades. En la segunda, consagra la fórmula compuesta por Juan Domingo Perón y María Estela Martínez de Perón. Es momento de hacer un análisis jurídico institucional. La referida elección significó el regreso pleno a la Constitución Nacional en la versión 1853-1860. Más allá de algunos discursos, no se promovió la restauración de la Constitución de 1949, claramente afirmativa de la doctrina Justicialista. Puede interpretarse que la corriente política entonces prevaleciente pretendía no ahondar diferencias, procurando lograr la unidad nacional. Debió pasar mucho tiempo, y muy graves avatares, para que se consolidara el marco institucional que finalmente generó la reforma constitucional de 1994, donde, por primera vez en nuestra historia, concurrieron todos los Partidos políticos reconocidos a fin de conferir el sentido trascendente de representatividad, que es lo que debe determinar la legitimidad de una reforma de la Carta Magna. Volvamos a septiembre de 1973. El Estado Federal, al igual que las Provincias y el entonces Territorio Nacional de Tierra del Fuego, mostraba la existencia y funcionamiento de los tres Poderes en el ya referido marco institucional. Ejecutivo, Legislativo y Judicial actuaban en el marco de las leyes basadas en la Constitución Nacional. Tras la muerte del General Juan Domingo Perón el 1° de julio de 1974, asume la presidencia María Estela Martínez de Perón, elegida, al igual que su marido, por el voto popular. Aquí nos detenemos nuevamente en el tema institucional. Desde el 25 de mayo de 1973 hasta el 24 de marzo de 1976 la imputación de delitos estuvo a cargo del Poder Judicial. Jueces, fiscales y defensores actuaban dentro del marco de las leyes vigentes. Lo que hicieron los militares y civiles que depusieron a las autoridades establecidas en marzo de 1976 fue el delito de sedición. La cuestión es que el hecho de fuerza iniciado en esa fecha, involucró al conjunto de los Poderes y le quitó sentido legítimo, de forma que, en la práctica, no hubo, ni podía haber en general la imputación que diera origen a un proceso penal. Los jueces, para permanecer, debían jurar por el Estatuto de los golpistas. En otros términos, el gobierno legítimo, concretamente en la persona de la máxima jerarquía, fue secuestrado por un grupo de usurpadores violentos. La víctima principal de los sediciosos fue la Presidente de la Nación, María Estela Martínez de Perón. Como consecuencia de su accionar, los golpistas “condenaron” sin trámite alguno a la señora de Perón a través de unas llamadas “Actas de Responsabilidad Institucional”. Quisieron poner así una fachada ritual a la privación de libertad, al igual que le daban una pátina de formalidad a la apropiación de sus bienes. Condenas “manu militari”. Habiendo depuesto a las autoridades legítimas, con los castigos ya definidos por la fuerza insurrecta, se generaron procesos judiciales ante los Estrados que conservaron el nombre de Justicia Federal. El almirante Emilio Eduardo Massera, el general Jorge Rafael Videla y el brigadier Orlando Agosti, miembros de la junta militar que usurpó el gobierno (Photo by AFP) La promoción de estos juicios muestra que la base cultural de nuestra sociedad generaba algún prurito a los militares sediciosos. A pesar de las “condenas” de las Actas se promovían procesos “judiciales”. Extraña situación la de una persona ya condenada por el poder de facto, subordinada, además, a un juicio con la sentencia ya pronunciada. ¿Puede acaso imaginarse a un “juez” del período 1976-1983 dictando una sentencia absolutoria en desmedro de la “condena” del Acta? Manteniendo algún resabio constitucional, a Isabel Perón se le asignó una defensora oficial para que actuara en las causas judiciales creadas artificiosamente. Tiempo después, la Presidente depuesta pudo designar a un abogado particular que resultó ser el doctor Julio Isaac Arriola. Tiempo más tarde nos sumamos a la defensa, César Arias, Carlos Dall Armellina y quien esto escribe. César, ex-juez en lo Civil, con fuerte compromiso social, Carlos, un valiente intelectual que colaboraba en mi Cátedra de Derecho Político de la Universidad del Salvador y, en mi caso, con una trayectoria en el Derecho Penal. Los tres muy fuertemente comprometidos con el ideario Justicialista. Lo primero que nos preguntamos fue si a través de la defensa en los expedientes judiciales, podíamos revertir las condenas dictadas por los usurpadores. Casildo Herrera, Isabel y Lorenzo Miguel en la CGT Desde que un abogado toma intervención en un proceso se abre la posibilidad de obtener una sentencia favorable o adversa. Con la condena dictada en las Actas, se caía el principio de inocencia y la tarea defensiva debía transitar por un andarivel político. Las reglas de juego impuestas por los usurpadores, nos obligaron a la lucha por procurar la vigencia de la Constitución Nacional, especialmente puesta como ley secundaria o subsidiaria después de los mandatos imperiales de los sediciosos glosados en Actas de amplia difusión. Nunca admitimos que María Estela Martínez de Perón fuera una “detenida” de cualquier índole. Para nosotros se trataba de una persona secuestrada. Desde el 24 de marzo de 1976 fue ilegítimamente privada de su libertad y bienes. La defensa en la sede judicial pretendió poner fin a una situación delictiva y reclamar el mejor trato para una persona que asumió con dignidad y entereza el hecho de fuerza efectuado en contra de la voluntad popular que había consagrado la fórmula Perón-Perón. Pasaron varios años y numerosas gestiones. La más significativa se constituyó por la presencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en nuestro país. Ello fue decisivo para que se le permitiera a la Señora de Perón salir de su cautiverio, lo que ocurrió el 9 de julio de 1981. No es cierto que las causas se fueran “cayendo” como dijera algún cronista, pues solo eran una cáscara formal que pretendía encubrir la conducta de una asociación ilícita que fue perdiendo el poder para mantener la injusta privación de libertad de la Presidente constitucional. Poco antes de esa fecha, a fin de robustecer el respaldo político a la gestión de su libertad, los tres defensores estuvimos de acuerdo en ceder nuestro lugar a los veteranos dirigentes justicialistas Italo Argentino Luder, Angel Federico Robledo y Manuel Aráuz Castex. En síntesis, entiendo que deberá revalorizarse la actuación de la Señora de Perón frente al golpe de Estado. No podrá decirse que ella no promoviera, antes del golpe, la acción institucional contra los grupos de violentos que, cualquiera fuera su discurso, desconocían la voluntad popular y al Estado. Por otra parte, su dignidad para enfrentar la situación impuesta por los sediciosos golpistas puso en evidencia su calidad moral y política. Puede asumirse que su conducta fue decisiva como un símbolo trascendente para descalificar para siempre los golpes de Estado en la Argentina. El recibimiento y reivindicación pública de la Señora de Perón por parte de Raúl Ricardo Alfonsín primero y de Carlos Saúl Menem después, los dos primeros presidentes constitucionales desde el regreso de la democracia, muestra con elocuencia la dimensión humana y política de quien supo honrar su destino. Raúl Alfonsín - Isabel Perón - 1983 - 1984 - consolidación democracia Es tiempo de volver a pensar cuánto aportó a la Democracia vigente la Presidente que sobrellevó con entereza su cautiverio y quedará en nuestra historia grande, a pesar de algunas opiniones de ideólogos de gestas imaginarias. Si la Señora de Perón retornara al país, muchos sentiremos una gran emoción.
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