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  • Qué dice el proyecto de Ley de Emergencia en Discapacidad que sancionó el Congreso pese al veto de Milei

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 21/08/2025 14:41

    Congreso de la Nación (Fotos: Charly Diaz Azcue / Comunicación Senado). La sesión especial convocada ayer por sectores opositores representó un revés para el gobierno de Javier Milei, tras el rechazo al veto presidencial sobre la Ley de Emergencia en Discapacidad. La oposición alcanzó la mayoría especial de dos tercios con 172 votos a favor, mientras que los bloques oficialistas y sus aliados reunieron 73 votos en contra. Y se registraron 2 abstenciones. El proyecto de ley busca declarar la emergencia nacional en discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2027, lleva la firma de un grupo multipartidario de diputados. Qué dice el texto De acuerdo con el proyecto, la emergencia tendrá carácter de orden público y su alcance será nacional. La norma define como personas con discapacidad a quienes presentan limitaciones físicas, mentales, intelectuales o sensoriales de carácter prolongado, que al interactuar con barreras sociales ven restringida su participación plena y efectiva en condiciones de igualdad. Esta definición resulta central para establecer el universo de destinatarios y alinear la ley con estándares internacionales en materia de derechos humanos. Uno de los puntos principales de la iniciativa refiere al financiamiento de las Pensiones No Contributivas por Discapacidad para Protección Social. El proyecto establece que podrán acceder a este beneficio quienes posean Certificado Único de Discapacidad (CUD), no registren ingresos superiores a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, no perciban planes similares y pasen una evaluación socioeconómica. La asignación corresponderá al 70% del haber mínimo jubilatorio y será compatible con empleo registrado, siempre que los ingresos no excedan el tope fijado. Si se supera ese límite, la pensión se suspenderá de forma automática, con posibilidad de rehabilitarse una vez que el titular pierda el empleo o reduzca sus ingresos. El texto extiende la cobertura al establecer la transformación automática de todas las pensiones no contributivas otorgadas antes de la ley en vigencia, de modo que los beneficiarios no deban realizar nuevos trámites. Asimismo, otorga al Poder Ejecutivo la posibilidad de incrementar los montos de las pensiones en caso de invalidez laboral o residencia en zonas geográficas desfavorables. Frente a los múltiples reclamos de prestadores, la iniciativa también fortalece el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, regulado por la Ley 24.901. El sector de prestadores, compuesto por hogares, escuelas, centros de día, terapeutas y transportistas, denuncia desde hace tiempo un marcado atraso en los valores abonados por las prestaciones, una situación agravada en el contexto inflacionario actual. Uno de los mecanismos propuestos para abordar esa problemática es la actualización automática y mensual de aranceles, ajustada al índice de precios al consumidor (IPC) que elabora el INDEC. Entre otras medidas de alivio, el articulado prevé la apertura de un régimen de regularización de deudas fiscales y de seguridad social para empresas y trabajadores vinculados al sistema de discapacidad. El esquema contempla la condonación de intereses, multas y sanciones, junto con la posibilidad de refinanciar tanto planes de pago activos como aquellos caducos. Esta herramienta tiene como fin sostener la prestación de servicios esenciales y contener la crisis financiera que atraviesan los actores que integran la red de atención. Un apartado central del debate gira también en torno al financiamiento y funcionamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), organismo que articula las políticas públicas en el área. El proyecto fija la obligación del Estado de garantizar los fondos necesarios para operar programas sanitarios, de accesibilidad, inclusión, prevención y promoción del “modelo social de discapacidad”. Además, resalta la importancia de cumplir con la Ley 26.816, que regula el régimen federal de empleo protegido y acciones específicas para asegurar la integración laboral de personas con discapacidad. A raíz de denuncias y controversias recientes, el proyecto contempla también que los procesos de evaluación y auditoría de beneficios —impulsados por ANDIS y otros organismos— se realicen en formatos accesibles y en articulación con el Consejo Federal de Discapacidad, con representación de las provincias y de la sociedad civil. En agosto de 2024, organizaciones como la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) denunciaron ante el Comité de la ONU supuestas irregularidades en las auditorías de pensiones, señalando suspensiones y renuncias forzadas. Datos oficiales indican que, hasta abril de 2025, se habían suspendido 2.004 pensiones y otras 239 personas renunciaron a los beneficios. El proyecto de ley incorpora, finalmente, modificaciones normativas para armonizar la legislación argentina con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y los estándares internacionales más recientes. Entre los artículos incluidos figuran la creación formal de la Pensión por Discapacidad para Protección Social, la redefinición de conceptos claves sobre el reconocimiento del derecho y la actualización mensual obligatoria de aranceles en los servicios del sistema.

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