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  • A casi cuatro décadas de la firma de la Convención sobre los Derechos del Niño hay mucho por hacer

    Chajari » Chajari al dia

    Fecha: 15/08/2025 20:31

    Editorial El 20 de noviembre de 1989, la Asamblea General de la ONU concretó el tratado internacional referido a la Convención sobre los Derechos del Niño. En ese tratado se reconoce los derechos humanos básicos de los niños, niñas y adolescentes (menores de 18 años), estableciendo los derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de la infancia. A casi cuatro décadas de aquél acuerdo que sin duda es para destacar, es mucho lo que aún queda por hacer, y en esto, los gobiernos son los que cargan con la responsabilidad mayor. Cuando se afirma que la Convención sobre los Derechos del Niño está en deuda a pesar del paso del tiempo, consideramos que la afirmación es equivocada. Los gobierno rubricaron aquél acuerdo, por lo tanto, son los gobiernos los que deberían cumplir con lo pactado. En Argentina, mediante la Ley Nº 23.849 se aprobó la Convención. Esa norma legal fue sancionada el 27 de septiembre de 1990 y promulgada el 16 de octubre del mismo año. En esa Ley se hacen algunas salvedades. Por ejemplo, se indica que se hace reserva de los incisos b), c), d) y e) del artículo 21 referidos a la adopción y manifiesta que no regirán en su jurisdicción por entender que, para aplicarlos, debe contarse previamente con un riguroso mecanismo de protección legal del niño en materia de adopción internacional, a fin de impedir su tráfico y venta. También y con relación al artículo 24 inciso f) referido a la planificación familiar, Argentina, considerando que las cuestiones vinculadas con la planificación familiar atañen a los padres de manera indelegable de acuerdo a principios éticos y morales, interpreta que es obligación de los Estados, en el marco de este artículo, adoptar las medidas apropiadas para la orientación a los padres y la educación para la paternidad responsable. Consideramos importante dejar esto en claro, ya que es algo que no todos conocen o recuerdan. Pero más allá de esto, es bueno apuntar que la Convención sobre los Derechos del Niño establece que toda persona hasta los 18 años de edad sea reconocida como sujeto de derecho. Esto solamente hizo que el acuerdo se convirtiera en un hecho histórico, habida cuenta que permitió estimar el valor preciso que tiene el niño en presente, y no solamente como potencial ciudadano a futuro. La Convención rompió con el hecho de la aceptación del adulto con sesgos autoritarios respecto de la niñez, y permitió mirar a los niños desde otro lugar, reconociendo su singularidad, sus deseos, sus proyectos, sus opiniones y su manera de posicionarse frente al mundo que los rodea y les toca en suerte vivir. Por tanto, al tomar valor la persona del niño, el rol de los adultos es el de acompañar y establecer límites de cuidado que protejan a esos niños, pero de ninguna manera que les impongan trabas para coartar sus posibilidades de crecimiento físico y psicológico. También, son los adultos los que deben brindar herramientas para el desarrollo pleno de los niños, a fin que éstos sean protagonistas de su propia vida y no simples actores de un presente y un futuro que otros deciden por ellos y para ellos. Para la Convención, el rol central lo tiene la familia, pero por encima de ella se exige a cada Estado firmante que garantice las condiciones para que la familia, sin importar su conformación, pueda brindar el cuidado y protección que los niños y niñas necesitan para desarrollarse como sujeto pleno de derechos. Esto fue revolucionario, y lo fue al punto que aún hoy hay quienes no lo aceptan; sobre todo en lo atinente a “la familia, sin importar su conformación”. Insistimos entonces, que son los gobernantes de turno los responsables que lo expuesto y el total de lo que se impone en la Convención, pueda ser concretado de manera real y eficaz. Es que a 36 años de su sanción todavía existe inequidad social respecto de la niñez. Esta desigualdad afecta la posibilidad de acceder al pleno ejercicio de los derechos. Para el Estado argentino es ésta una deuda histórica que se profundiza. En nuestro país, desde hace años, es inmensa la cantidad de niños que vive en la pobreza y no cuenta con los recursos necesarios para garantizar su desarrollo integral, sumándose la insuficiencia alimentaria, bajo desarrollo cognitivo en la primera infancia, deserción escolar, temprano ingreso en el mercado laboral, aumento altamente preocupante de los embarazos adolescentes, consumo problemático de sustancias… Podríamos agregar otros puntos que ponen en evidencia la exclusión social. La desigualdad es innegable y la relación directa entre crisis económica, pobreza e impacto en los derechos de los niños es evidente. Sin embargo, no es el único problema. La violencia está presente en la vida de más de la mitad de los niños del país. Millones de niños a diario continúan siendo víctimas de malos tratos, negligencia, violencia física, violencia verbal o abuso sexual. Es por ello que, más allá de los enunciados de un mundo mejor prometido por la Convención, es imprescindible el compromiso del Estado y de los gobernantes no solo para cumplirla sino para garantizar oportunidades equitativas a cada niño, niña y adolescente. En esto, como en tantos otros problemas, no alcanza con palabras bonitas y buenas intenciones. G. S.

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