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  • Aduana implementa registro digital obligatorio para desconsolidación de carga marítima

    Buenos Aires » Infobae

    Fecha: 15/08/2025 12:48

    La Resolución General 5744/2025 deroga la RG 4.915 y comenzará a aplicarse a partir del quinto día hábil posterior a su publicación en el Boletín Oficial (Imagen: Shutterstock) En un paso más hacia la digitalización de los procesos aduaneros, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso, a través de la Resolución General 5744/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, que en cinco días hábiles la presentación del manifiesto desconsolidado de importación para la vía acuática será obligatoriamente digital. La medida alcanza a los Agentes de Transporte Aduanero (ATA) desconsolidadores, quienes deberán registrar la documentación a través de los aplicativos web “Gestión de Manifiesto Acuático y Ratificación de Autoría de Manifiesto Acuático”. Una vez cargada y ratificada la autoría, el Sistema Informático MALVINA (SIM) enviará automáticamente la información al servicio aduanero del lugar operativo. Plazos y aprobaciones automáticas La normativa fija un plazo de cinco días corridos desde el arribo del buque para completar la registración, presentación y ratificación del manifiesto. El servicio aduanero contará con tres horas para aprobar o rechazar el trámite; si este tiempo transcurre sin respuesta, la aprobación será automática. La notificación del resultado se realizará mediante el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica (SICNEA). En caso de rechazo, el ATA deberá presentar una nueva solicitud con la documentación rectificada. Impacto en la cadena logística marítima El cambio apunta a reducir tiempos operativos en puerto, minimizar la manipulación de documentos en papel y aumentar la trazabilidad de la información. Según ARCA, esta digitalización obligatoria busca “facilitar el comercio y aumentar la certidumbre en la cadena logística internacional”, especialmente en operaciones con carga consolidada que requieren desconsolidación previa a su ingreso formal al mercado local. La disponibilidad de un flujo electrónico validado y aprobado en plazos cortos permitirá a importadores, operadores portuarios y depósitos fiscales planificar con mayor anticipación la liberación y traslado de las mercancías, reduciendo costos de almacenamiento y evitando congestiones. Además, la medida se alinea con prácticas internacionales que priorizan el intercambio seguro de datos anticipados, fortaleciendo el control y la seguridad en las operaciones sin entorpecer la velocidad de despacho. En un escenario donde la eficiencia portuaria es clave para la competitividad, la certeza en los plazos y la eliminación de trámites presenciales representan una ventaja para cadenas de suministro que dependen de coordinación milimétrica entre armadores, terminales y transportistas. Esto es particularmente relevante para cargas perecederas o de alto valor, donde cada hora cuenta para mantener la integridad y el valor comercial de los productos. El cambio apunta a reducir tiempos operativos en puerto, minimizar la manipulación de documentos en papel y aumentar la trazabilidad de la información (Imagen: Shutterstock) Obligaciones y resguardo documental Los ATA desconsolidadores deberán archivar y conservar la documentación según la normativa vigente, manteniéndose como depositarios fieles. ARCA podrá requerirla en un plazo no mayor a tres días hábiles, bajo apercibimiento de sanciones previstas en el Código Aduanero, incluyendo sumarios disciplinarios y posibles implicancias penales. La resolución también actualiza puntos de la RG 5.110 para adaptar los pasos de registro, carga de documentos y ratificación de autoría, incorporando mecanismos de autenticación de alta seguridad, como el uso de dispositivos token. Entrada en vigencia La Resolución General 5744/2025 deroga la RG 4.915 y comenzará a aplicarse a partir del quinto día hábil posterior a su publicación en el Boletín Oficial. Desde entonces, el esquema digital dejará de ser optativo y pasará a ser única vía habilitada para la presentación del manifiesto desconsolidado de importación marítima, consolidando un cambio clave en la gestión documental del comercio exterior argentino.

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